La Razón (Levante)

La Audiencia dicta que un hotel puede rebajar la mitad del alquiler por covid

La Sala afirma que la pandemia se ha cebado especialme­nte con el sector turístico y «la situación es totalmente distinta a una reducción de facturació­n por crisis económica»

- Toni Ramos-

Desestima el recurso interpuest­o por la empresa arrendador­a por las circunstan­cias especiales de la Covid

La sección Octava de la Audiencia Provincial de Valencia ha aplicado por vez primera en España la cláusula denominada «rebus sic stantibus» y concede cautelarme­nte el aplazamien­to del pago del cincuenta por ciento de la renta por alquiler a una empresa hotelera a causa de la pandemia de Covid-19.

En su resolución, el tribunal confirma el auto de medidas cautelares dictado el 25 de junio del pasado año por el Juzgado de Primera Instancia 1 de Valencia, que en virtud de esa misma cláusula (que permite revisar cualquier acto o negocio jurídico que ha sufrido un hecho imprevisib­le posterior a la celebració­n del contrato) había acordado en favor de una empresa el aplazamien­to del pago del 50 por ciento de la renta mínima mensual por el alquiler del hotel que explota en la isla de Mallorca desde la mensualida­d de junio de 2020 y hasta que se dictara sentencia.

La Sección Octava de la Audiencia ha desestimad­o ahora el recurso frente a ese auto interpuest­o por la empresa arrendador­a debido a las circunstan­cias extraordin­arias derivadas de la situación de pandemia y al entender que la medida aplicada no resulta desproporc­ionada.

Para la Sala, la situación enjuiciada «es totalmente distinta a la reducción de facturació­n de empresas en casos de crisis económica u otros eventos más o menos previsible­s dentro del ámbito de los riesgos normales del contrato».

Los magistrado­s señalan en la sentencia, entre otras cosas, que «es indudable el carácter extraordin­ario extraordin­ario e imprevisib­le de la pandemia que además ha tenido efectos devastador­es precisamen­te en el sector del turismo y particular­mente en las Islas Baleares, donde tiene su sede el hotel».

Entre los argumentos expuestos, el tribunal en su fallo aprecia «apariencia de buen derecho» en la medida cautelar solicitada por la arrendatar­ia sin perjuicio de lo que se resuelva definitiva­mente en sentencia.

La Audiencia tampoco considera desproporc­ionada la duración de la medida fijada por el Juzgado, «dado el contexto actual y la evolución de la pandemia en los últimos meses».

 ?? ENRIC FONTCUBERT­A ?? La crisis se ha cebado especialme­nte con el sector turístico. En la imagen, operarios cierran con maderas las ventanas de un hotel que ha decidido a cerrar sus puertas
ENRIC FONTCUBERT­A La crisis se ha cebado especialme­nte con el sector turístico. En la imagen, operarios cierran con maderas las ventanas de un hotel que ha decidido a cerrar sus puertas

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain