Estocada intelectual a la fiesta de los toros
El Supremo ha considerado que la faena de un torero no tiene cabida como propiedad intelectual
EnEn una película americana llamada El abogado, el ejecutor antes de liquidar al letrado por orden de los gánsters le espeta diciendo que «a mis jefes les han hablado de las casualidades, pero nunca las han visto», antes de apretar el gatillo. Tal vez por casualidad o por pura secuencia de la vida, llega un nuevo revés judicial para la fiesta de los toros.
En forma de sentencia del Alto Tribunal Supremo en su prestigiosa Sala Primera, que ha considerado que la faena de un torero, en este caso del extremeño Miguel Angel Perera, no tiene categoría de obra merecedora de protección como propiedad intelectual. Razona el órgano judicial que la imprevisible actuación artística de un diestro no es una obra, a diferencia de la evidente y contigua y creación coreográfica donde se dice hay notación. Seguramente tenga razón el sanedrín de la Plaza de las Salesas porque la tauromaquia es algo que solo se codifica en la retina y emoción del aficionado y del torero, que en una catarsis única y planetaria llegan a ese momento de inmarcesible belleza.
Pero lo que no aciertan los doctos juristas es a no conceder rango artístico, y por lo tanto propio de una obra, a la expresión personal y única de quien jugándose la vida y ejecutando su suerte de inconfundible sello también quiere quedar protegido para los anales. Qué cercano nos parece la desconfianza hacia el recetario de los cocineros, qué manido nos suena no amparar ejecuciones creativas de quien se considera, porque no conoce ese mundo taurino, algo propio de artesanos y no de artistas.
Esto es, esta interpretación parece una defensa de la cultura estereotipada, apergaminada, según la cual las obras de texto libre que desde Stanislavski desbordan los teatros, por no hablar de cualquier performance, no deben tener hueco en los registros de propiedad intelectual.
La faena ya mítica en la feria de San Juan pacense de Perera, el largo rosario de proclamaciones de José Tomás, los soportes gráficos de Canito para la leyenda manoletista, o la extravagante interpretación de cualquier coleta que mirando el fondo de su propia vida, para conmoción lírica de quienes se sentaron en la platea de un coso taurino, son obras sin protección. Solo la memoria clandestina. Una vez más, siempre a la contra del universo de todos los herederos de Pedro Romero.
Los que no merecen un hueco en el polvo cibernético de los juzgados contemporáneos. A los que por el hecho de improvisar su obra, y culminar con la liturgia de la estocada, se les ha dejado fuera del amparo registral. Tal vez porque son tan auténticos que el Derecho se les queda chico...