La Razón (Levante)

Anulan la prisión permanente revisable a los dos reos por estrangula­r a su hijo

El TSJ modifica el fallo contra el padrastro que daba palizas al niño de dos años

- D. V.-

El Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) ha revocado la prisión permanente revisable a los dos condenados -el padrastro como autor material y la madre por omisión- por la muerte del niño de 2 años Aarón, estrangula­do en Elche (Alicante) en septiembre de 2018.

La sentencia con fecha del pasado 27 de abril de la Sala de Lo Civil y Penal del TSJCV, sustituye la pena extrema de la prisión permanente revisable por 23 años de cárcel a cada uno de los condenados: 20 por asesinato y tres por los malos tratos habituales.

La sentencia es recurrible en el plazo de cinco días para que resuelva el Tribunal Supremo y la representa­ción de la abuela paterna, que ejerce la abogada Raquel Sánchez Navarro, ya ha informado de que así se dispone a hacerlo.

El fallo cita otros casos donde ha habido la condena excepciona­l de la prisión permanente revisable, como el llamado Monstruo de Moraña, el descuartiz­ador de Pioz, Ana Julia Quezada o el Chicle, y recuerda que en esos episodios sí hubo una clara intención de matar y que, incluso, se ocultaron los cuerpos.

Sin embargo, añade que este caso es diferente porque, aunque los condenados maltrataba­n al niño y eran consciente­s del peligro, lo llevaron al hospital cuando se percataron de la gravedad del estado del pequeño Aarón.

En un caso en el que las acusacione­s las ejercieron el padre biológico, la abuela paterna y la fiscalía, el TSJCV añade que llevaron a Aarón al centro sanitario conjuntame­nte y «con los medios a su alcance disponiénd­ole atención sanitaria urgente» y aunque el hecho de su traslado les abocara a «asumir su responsabi­lidad criminal ante las autoridade­s».

De esta manera, se aprecia la atenuante de reparación del daño y que no se pueda imponer una medida de carácter «excepciona­l y de una especial gravedad» como la prisión permanente.

El alto tribunal agrega que el veredicto del jurado respalda la visión de que el autor material del crimen, el padrastro, no quería directamen­te causar la muerte sino que tenía esa forma de educar mediante el maltrato.

En septiembre de 2020, la pareja acusada, Cristina J.M. y José Antonio P.V., españoles de 27 y 29 años, fue considerad­a culpable por unanimidad del jurado popular de asesinato, al hombre como autor material de los golpes y el estrangula­miento, y a la madre biológica por consentirl­os.

Los hechos ocurrieron en el domicilio familiar, en la ciudad de Elche, donde la pareja residía junto al menor.

El maltrato «consentido por la madre», también condenada, llegó hasta acabar con la muerte del pequeño

 ?? ARCHIVO ?? El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha anulado la prisión permanente revisable a los dos asesinos
ARCHIVO El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha anulado la prisión permanente revisable a los dos asesinos

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain