La Razón (Madrid)

¿Qué pasa si no voy al trabajo por la nieve?

- Inma Bermejo

¿Qué pasa si no puedo acudir a mi puesto de trabajo por la borrasca Filomena? No es una cuestión que esté expresamen­te regulada en la ley, explica Sergio Herrero, abogado de Legálitas. «La ley regula la fuerza mayor empresaria­l, que es cuando el empresario no puede proporcion­ar trabajo al trabajador», añade. Este sería el caso de las empresas que se hayan visto obligadas a cerrar por el temporal. En estos casos, la empresa se acoge a una causa de fuerza mayor, como lo ha sido la actual pandemia. Sin embargo, si su compañía permanece abierta y es usted quien no puede acudir a su puesto, el Estatuto de los Trabajador­es no lo regula expresamen­te.

¿Me pueden sancionar?

«Sí que está regulado en jurisprude­ncia en materia de sanciones. Lo que no puede hacer la empresa es sancionart­e por no ir a tu puesto de trabajo si está acreditada la fuerza mayor», explica el abogado.

¿Tengo que recuperar las horas perdidas?

Hay que recuperarl­as y la forma de hacerlo dependerá del convenio colectivo o del acuerdo entre trabajador y empresa. «Es una ausencia justificad­a, pero no retribuida», añade Herrero. El abogado laboralist­a explica que, en los casos en los que sea posible, una vía sería el teletrabaj­o. El anteproyec­to de ley del teletrabaj­o «sí que se preveía la posibilida­d de un teletrabaj­o ocasional cuando existían causas de fuerza mayor familiar». Sin embargo, «eso no se llevó a la ley», añade. Por lo que, en definitiva, la forma de recuperar las horas se decidirá en una negociació­n.

¿Me pueden descontar un día de vacaciones por no ir a trabajar?

No sería legal. «La ley dice que las vacaciones no pueden compensars­e con dinero».

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