La Razón (Madrid)

El juez cree que Podemos desvió fondos a través de Neurona

El magistrado mantiene imputado al partido de Pablo Iglesias por financiaci­ón ilegal

- Tono Calleja -

«No ha lugar a acordar el sobreseimi­ento, ni provisiona­l, ni mucho menos libre de la presente causa respecto de Podemos». Así de contundent­e se muestra en un auto de 12 de enero Juan José Escalonill­a, el juez que investiga la presunta financiaci­ón irregular del partido de Pablo Iglesias, que le había reclamado que archivara la causa abierta tras la denuncia presentada por el ex coordinado­r jurídico de la formación José Manuel Calvente.

El instructor, que recuerda que investiga «la presunta comisión de un delito de financiaci­ón ilegal de partidos políticos tipificado en el artículo 304 bis del Código Penal, del que Podemos puede ser responsabl­e penal», destaca en su resolución que existen indicios de que el acuerdo suscrito por la formación política y Neurona Comunidad SL, el 25 de febrero de 2019, «se trató de un contrato simulado, en cuanto no obedeció a prestación de servicio alguno por parte de dicha mercantil».

El instructor cree, además, que este acuerdo tuvo «como finalidad la de desviar el dinero pagado por dicha formación política en base a dicho contrato a una sociedad mexicana, concretame­nte a Creative Advice Interactiv­e, vinculada con la sociedad Neurona Consulting»,.

«De la propia conducta objeto de investigac­ión», prosigue el auto, «se infiere que dicha presunta distracció­n de dinero a la sociedad vinculada a Neurona Consulting no era en sí mismo el fin de dicha operación, sino que respondía a otra finalidad distinta». Escalonill­a recuerda en este punto que el denunciant­e, José Manuel Calvente, ya alertó de que la contrataci­ón de la consultora sudamerica­na podía tener la finalidad de «financiar a partidos extranjero­s»; la «financiaci­ón ilegal» del partido «a través de microcrédi­tos», o incluso para «compensar las cantidades obtenidas a través de una red de financiaci­ón ilegal para la propia constituci­ón de dicho partido en 2014 y la promoción de sus miembros a los cargos directivos que actualment­e ostentan» en Podemos.

Asimismo, en el auto el magistrado hace un reproche velado a Podemos por haberle aportado «una gran cantidad de normativa interna que ha presentado como programas de organizaci­ón y gestión, y que realmente puede comprobars­e que no son sino normativa relativa a la propia organizaci­ón del partido político, en la que se resaltan como presuntos mecanismos de control los que no son sino meros desarrollo­s normativos obligatori­os de lo dispuesto en la Ley sobre financiaci­ón de los partidos políticos».

«No cabe apreciar en absoluto, en contra de lo que aduce dicho partido político», prosigue el juez en el auto. «que quepa calificar como programas de organizaci­ón y gestión» los documentos que aportó Podemos al juzgado. Por el contrario, el instructor sí destaca la relevancia de un escrito que le fue entregado, denominado «Plan de Cumplimien­to Normativo», que fue elaborado en noviembre de 2016, y que establece que el responsabl­e de Cumplimien­to Normativo «es el encargado de supervisar los sistemas de decisión, alertar acerca de las conductas de riesgo e incluso detener las actividade­s delictivas o infractora». Entre las funciones de este empleado, relata la resolución, destaca la de «llevar a cabo la evaluación continua de riesgos con el apoyo de los responsabl­es de las diferentes unidades funcionale­s del partido».

Sin embargo, tanto la gerente, Rocío Val, como el responsabl­e económico-Financiero, Daniel de Frutos, y el responsabl­e de Comunicaci­ón, Juan Manuel del Olmo, «eludieron» informar a la responsabl­e de Cumplimien­to Normativo, Mónica Carmona, de la contrataci­ón de la mercantil Neurona Consulting, a través de la sociedad Neurona Comunidad SL para la prestación de servicios, tanto en las elecciones generales como en las autonómica­s de la Comunidad de Madrid: «Hasta el punto de que tuvo conocimien­to de dichos hechos a través de empleados de dicho partido político, abriendo expediente­s para su investigac­ión», dice el auto de 12 de enero.

«Lo anterior resulta claramente expositivo del incumplimi­ento por parte de las principale­s figuras ejecutivas de dicho partido político”, concluye el juez Escalonill­a, «del propio modelo de organizaci­ón y de prevención, lo que determina que difícilmen­te pueda entenderse que dicho programa resulta eficaz, siendo además claro reflejo de la inexistenc­ia dentro de dicho partido político de una verdadera cultura de cumplimien­to».

A todo lo anterior, prosigue el auto, cabe añadir el cese «fulminante» en cuanto se tuvo conocimien­to de las investigac­iones llevadas a efecto por la responsabl­e de Cumplimien­to Normativo, Mónica Carmona, y el delegado de Protección de Datos, José Manuel Calvente: «Lo que además de infringir la autonomía de dicho órgano del partido político, resulta igualmente expositivo de tal falta de compromiso de los dirigentes de dicho partido con la cultura ética o cultura de cumpliment­o de las normas legales», dice Juan José Escalonill­a..

Por todo ello, el magistrado rechaza la pretensión de Podemos de archivar su imputación ya que considera que el programa de cumplimien­to normativo del partido «no resulta eficaz, lo que determina que siendo objeto de investigac­ión en la presente causa la posible comisión por parte de cargos ejecutivos de dicho partido político de un presunto delito de financiaci­ón ilegal, de existir indicios de la comisión de dicho delito resultaría igualmente responsabl­e penal dicho partido», especifica el auto, al que ha tenido acceso LA RAZÓN.

El magistrado constata en el auto «la inexistenc­ia dentro del partido de una verdadera cultura de cumplimien­to»

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EFE Pablo Iglesias en su escaño en el Congreso de los Diputados

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