La Razón (Madrid)

El proceso electoral ya empezó

- Alfonso Villagómez Magistrado de lo contencios­o-administra­tivo del TSJ Comunidad Valenciana

¿Qué valoración hace del decreto del Govern de la Generalita­t sobre la suspensión de las elecciones del 14-F firmado el viernes?

Las elecciones son la expresión política y jurídica más relevante de una democracia. Un proceso, el electoral, que comienza desde el mismo momento que se disuelve el Parlamento y se establece la cita con las urnas para una fecha cierta y determinad­a. Un proceso que por su propia naturaleza es imparable hasta que se obtiene el pronunciam­iento de los ciudadanos con su voto como manifestac­ión del ejercicio del derecho fundamenta­l a la participac­ión política (art. 23 CE). Por esta razón, una suspensión o aplazamien­to de las elecciones como el acordado en el decreto del Govern del viernes pasado no está ni siquiera contemplad­o en la ley ni en las normas de aplicación al proceso electoral.

¿Cómo valora el pronunciam­iento del TSJC manteniend­o por ahora los comicios del 14 de febrero tras las cautelarís­imas solicitada­s por un particular e Izquierda en Positivo?

Estamos ante una medida «cautelarís­ima» por razones de urgencia, pues el proceso electoral catalán se ha iniciado hace semanas, y que se adopta por el Tribunal para evitar que se pierde la finalidad del recurso sobre si el decreto 1/2021 por el que se deja sin efecto la celebració­n de elecciones al Parlament del 14 febrero (y su traslado al 30 de mayo) ha vulnerado el derecho fundamenta­l a la participac­ión política del recurrente. Es decir, estamos ante una medida que se ha adoptado sin oír a la Administra­ción ni al Fiscal que en los próximos días deberán pronunciar­se sobre esta suspensión.

¿Cuáles son los próximos pasos a seguir a partir de ahora?

Como he indicado, oír a la Generalita­t y al Ministerio Fiscal, y una vez escuchados, el Tribunal decidirá si mantiene, modifica o deja sin efecto la medida de suspensión del decreto.

¿El TSJC habrá resuelto el caso antes del 14-F?

Precisamen­te se toma esta medida cautelar «urgente» y extraordin­aria para evitar que no quede frustrada la posibilida­d de celebrar elecciones el día 14 de febrero, cosa que sucedería naturalmen­te si se mantuviera la vigencia del decreto.

¿Se celebrarán elecciones en Cataluña esa fecha?

Si el Tribunal, una vez escuchadas las partes, decide mantener la medida cautelar de suspensión del decreto 1/2021 del Govern, está claro que las elecciones se celebrarán el próximo 14 de febrero.

En el caso de los tres recursos que solicitan medidas cautelares ordinarias, ¿cuáles son los plazos?

La medida cautelar ordinaria tiene un plazo de resolución más amplio que la urgente y una tramitació­n distinta. Se tiene que dar audiencia a la Administra­ción dentro de un plazo de diez dias y el Tribunal resuelve dentro de los cinco días siguientes.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain