Delgado rechaza que la UE diga si es idónea como fiscal general
Considera que el PP no está legitimado para recurrir su nombramiento
Es «imposible» que pueda emprender una «persecución» contra el PP desde la Fiscalía, según su abogado
No hay ningún dato objetivo del que pueda desprenderse que actuará en contra del Partido Popular y las sospechas que se puedan esgrimir son del todo «infundadas», su nombramiento cumplió estrictamente la legalidad, su carrera profesional avala que es una jurista de reconocido prestigio, el Consejo General del Poder Judicial actuó de acuerdo con las funciones encomendadas pero no así los vocales que emitieron un voto particular discrepante. Por todo ello, no hay razón que justifique plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Y, además, el PP no está legitimado para recurrir el nombramiento. Estos son algunos de los principales argumentos que esgrime el abogado de la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, en las alegaciones presentadas ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo contra el recurso del PP a su nombramiento, a las que ha tenido acceso en su integridad LA RAZÓN. De esta forma, solicita que se inadmita de plano el recurso o, subsidiariamente, se rechace y se condene al PP en costas.
En las alegaciones, firmadas por el abogado Joaquín García Bernardo de Quirós, se parte de que el PP no está legitimado para interponer ese recurso porque el nombramiento de Delgado como fiscal general «no afecta en absoluto a su esfera jurídica de derechos e intereses», por lo que el debate sobre su designación «se ha judicializado de manera incorrecta».
Una vez que la defensa de Delgado sostiene la falta de legitimidad del PP para impugnar ante el Supremo el decreto de su nombramiento, se centra en rechazar de plano todo lo relacionado con las «sospechas» de que pueda usar su cargo para perjudicar a los populares. Así se afirma que esas «sospechas o temores de eventuales, hipotéticas y futuribles actuaciones actuaciones parciales de Delgado contra el PP no justifica su legitimidad para recurrir la designación de la fiscal general», ya que en la hipótesis de que se dieran, «cosa que se nos antoja totalmente imposible», el Partido Popular tendría a su disposición los mecanismos previstos como garantía en nuestro ordenamiento jurídico. Pero, además, afirma que es «de todo punto imposible esa persecución» al PP por parte de Delgado, «teniendo en cuenta la estructura y funcionamiento del Ministerio Fiscal».
Por otro lado, y tras recalcar que el nombramiento no incumplió ninguna norma «que regule los requisitos para ser titular de la Fiscalía General del Estado», incide en que el PP confunde «al Ministerio Fiscal con la persona titular de la Fiscalía General del Estado». Y es precisamente el miedo a un mal funcionamiento del principio de dependencia el que origina la sospecha manifestada por el PP, resalta la defensa de la fiscal general, sobre las consecuencias de su nombramiento, «sospechas que son infundadas y carentes de sentido, teniendo en cuenta los sistemas de contrapesos internos que existen en el funcionamiento del Ministerio Fiscal ante instrucciones de la Fiscalía General del Estado».
Uno de los aspectos relevantes de la impugnación del PP se centra en cuestionar la intencionalidad del nombramiento, es decir, en la posible vulneración del principio de imparcialidad, por lo que solicita que se plantee la cuestión prejudicial de Derecho comunitario ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esta solicitud es rechazada de plano por la defensa de Delgado porque incluso en la hipótesis de que esa designación fuese contraria a las normas del Derecho Comunitario, «el Tribunal Supremo, como juez de Derecho Derecho comunitario, puede perfectamente anularlo, sin necesidad de preguntar sobre una concreta interpretación de norma nacional al Tribunal de Justicia de la UE». Y, además, se incide en que la legislación española cumple los estándares europeos «para que podamos afirmar sin tapujos su independencia (de la Fiscalía) del resto de poderes públicos. La ley no permite a ninguna institución remitir instrucciones al Ministerio Fiscal».