Hacienda fiscalizará cada ayuda directa del plan de 7.000 millones
Las comunidades deberán remitir cada semana las peticiones y cada mes el importe solicitado
Que cada euro quede registrado y justificado. Ese es el objetivo que se ha marcado Hacienda para controlar la distribución de los 7.000 millones aprobados en ayudas directas para empresas y autónomos. Su intención es que todas las comunidades autónomas tengan que remitir cada semana a la Agencia Tributaria (AEAT) las peticiones que oficialmente lleguen de empresas y autónomos de los sectores que estén contemplados en el real decreto de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial. Además, cada principio de mes tendrán que enviar al Ministerio de Hacienda la información de las resoluciones aprobadas con la entrega de dichas ayudas.
Fuentes ministeriales han confirmado que ya se ha enviado a los gobiernos autonómicos la propuesta para la distribución y ejecución de este plan, detallando cada uno de los pasos burocráticos a seguir. De este modo, Hacienda exigirá que cada comunidad proporcione semanalmente a la AEAT un fichero que contenga información con el NIF del solicitante de la ayuda, además de los apellidos y nombre (para personas físicas) o razón social (para personas jurídicas). En el caso de que los solicitantes pidan el dinero en territorios distintos al del domicilio fiscal se deberá incluir un indicador de si esos NIF van a solicitar ayudas, la fecha de presentación de la solicitud y el código DIR3 de la comunidad o ciudad autónoma donde se realice la solicitud. Para ello, se habilitará un trámite en la sede de la AEAT, a través del cual la comunidad formalizará, cada lunes, el envío de la solicitud de información, adjuntando a la presentación un fichero con la relación de solicitudes de ayudas recibidas durante la semana anterior. No se solicitará información de solicitudes ya remitidas con anterioridad, salvo que se trate de la subsanación de algún error. Según el borrador adelantado por Europa Press, la AEAT remitirá a la comunidad, preferentemente a través de la Delegación Especial correspondiente, un archivo con la información disponible dentro del plazo de los 7 días siguientes a la recepción de la solicitud, en el que se precisará si la empresa cumple o no con el requisito de haber reducido su facturación, al menos, un 30%.
Con una periodicidad mensual, las comunidades deberán remitir las fechas e importes de los pagos o transferencias hechas a los beneficiarios.