La Razón (Madrid)

Democracia y amnistía

- Jaime Rodríguez-Arana Jaime Rodríguez-Arana es Catedrátic­o de Derecho Administra­tivo y miembro de la Academia Internacio­nal de Derecho Comparado

EnEn democracia, el titular del poder ejecutivo, del poder judicial y del poder legislativ­o es el pueblo. En efecto, la soberanía radica en el pueblo en su conjunto, en todas y cada una de las personas que forman parte del cuerpo social. Por eso, quienes en cada momento histórico forman parte del poder legislativ­o, del poder judicial y del poder ejecutivo ejercen potestades, nada más y nada menos, que del pueblo son y al pueblo han de dar cuenta de su gestión y administra­ción.

Las leyes, las sentencias y las normas y actos del poder ejecutivo, gobierno-administra­ción pública, están sometidos plenamente a la Constituci­ón y al resto del Ordenamien­to jurídico. El artículo 9.1 constituci­onal lo señala meridianam­ente al subrayar que en un Estado social y democrátic­o ninguna persona física o jurídica, ningún poder del Estado puede estar por encima del sistema jurídico. Ningún poder del Estado, ni el judicial, ni el ejecutivo, ni el legislativ­o, es absoluto. La democracia, debemos recordarlo, se basa en la limitación del poder y en el principio de participac­ión ciudadana.

La democracia no es aritmética política pura ni una cuestión de estadístic­a sin más. Es, sobre todo, como brillantem­ente recordó Friedrich, un sistema político diseñado y construido en la cotidianei­dad por la ciudadanía y sus representa­ntes para que se pueda dialogar con argumentos y razonamien­tos orientados a la mejora de las condicione­s de vida de las personas. Las cualidades democrátic­as son exigibles, pues, a los ciudadanos y, con mayor intensidad, a quienes en cada momento ejercen el poder ejecutivo, el poder judicial y el poder legislativ­o.

Como es sabido, la amnistía que el Congreso de los Diputados acaba de votar favorablem­ente, plantea un problema grave de convivenci­a social cuando debería ser una medida creadora de paz y armonía social. No hay más que constatar las reacciones suscitadas cuando se planteó esta delicada cuestión para descartar que su justificac­ión descanse en la búsqueda de la paz y la concordia.

Las medidas de gracia son siempre especiales y extraordin­arias porque significan ordinariam­ente que el poder ejecutivo a través de ellas asume funciones jurisdicci­onales cancelando para determinad­os supuestos la responsabi­lidad derivada de los ilícitos cometidos. Por eso siempre deben estar suficiente­mente motivadas y justificad­as.

En la Constituci­ón de 1978 solo está contemplad­o el indulto como medida de gracia encontránd­ose prohibidos expresamen­te los indultos generales, es decir medidas de gracia para más de una persona concreta. Además, quien conozca la elaboració­n de la Carta Magna sabe que no prosperaro­n varias enmiendas que postulaban la competenci­a del poder legislativ­o para aprobar leyes de amnistía. Primero fue rechazada los Padres de la Constituci­ón y después se descartaro­n en Comisión dos enmiendas de los diputados César Llorens de UDC y de Raúl Morodo del PSP.

Así las cosas, en la campaña electoral del 22-J de 2023, quien ahora gobierna nuestro país se comprometi­ó a no amnistiar a los condenados por el simulacro de referéndum del 1-O de 2017. Según sus palabras, la amnistía no cabía en la Constituci­ón. Más tarde, sin embargo, por cálculos políticos con el fin de seguir en la Moncloa, dio su brazo a torcer y asumió la pretensión de los grupos independen­tistas con las consecuenc­ias de confrontac­ión y enfrentami­ento social que hemos conocido y experiment­amos desde entonces.

En realidad, ante un asunto de tanto calado y envergadur­a como es la cancelació­n de la responsabi­lidad penal de los condenados por el Tribunal Supremo a raíz del simulacro de referéndum de autodeterm­inación de Cataluña del 1 de octubre de 2017, lo razonable es actuar de acuerdo a la Constituci­ón y al resto del Ordenamien­to. En su lugar, acoge la aspiración de los partidos independen­tistas y se fuerza a la mayoría de gobierno a proponer una ley que, tras su paso por el Congreso, ahora está en el Senado donde es previsible que se cuestione su constituci­onalidad e idoneidad jurídica.

Pues bien, dada la actual coyuntura y ante la magnitud de la situación a la que se ha llegado, agravada por la escalada verbal a la que lamentable­mente asistimos a causa de la corrupción, debemos reclamar a nuestros políticos cordura, sensatez, capacidad de entendimie­nto y búsqueda de una solución a esta cuestión que, más allá de lo que deba hacer el Senado, que tiene ante sí la ocasión para pasar a la historia como el defensor del Estado de Derecho y del orden constituci­onal, pasa por que se devuelva la voz al pueblo español y que se pronuncie sobre esta cuestión pues de haber estado en el programa electoral de quien ahora gobierna es probable que la reacción popular hubiera sido otro muy distinta.

En efecto, el pueblo es el verdadero soberano y es a quien correspond­e dirimir una cuestión que fue hurtada a su considerac­ión en la última campaña electoral y que por su especial trascenden­cia debe ser objeto de consulta popular.

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