El fallo de Meirás no se anula tras detectarse un «error»
La Audiencia de La Coruña ha dado por válida la personación de Francisco Franco Martínez-Bordiú como acusado y copropietario de catorce fincas registrales en las que no figuraba expresamente identificado cuando se presentó la demanda por el Pazo de Meirás.
Los magistrados han entendido entendido que no procede la nulidad de las actuaciones porque el nieto de Franco asume todo lo resuelto hasta ahora.
Un error formal detectado por la Sala Civil que estudia el recurso contra la sentencia que entrega el inmueble al Estado amenazaba con la nulidad de las actuaciones y llevar el procedimiento hasta la fase de audiencia previa, anulando así el fallo en primera instancia, aunque la representación de los herederos de Franco había descartado la posibilidad de pedir la nulidad por esta cuestión.
El tribunal indica en la providencia que Francisco Franco, personado en la causa, ha asumido «como propio todo cuanto se ha actuado y resuelto hasta la fecha en el presente procedimiento, así como lo que pueda resolverse en un futuro a resultas de actuaciones procesales ya implementadas». En la providencia, la Audiencia señala que se considera «necesaria» la presencia como demandado del heredero de la familia Franco «en cuanto, aparentemente, sigue siendo el titular registral» de catorce fincas del Pazo de Meirás, pues «no consta su traspaso a Pristina, S.L.», la sociedad mediante la que Franco se personó como demandado.
La familia está a la espera de que la Audiencia se pronuncie sobre los recursos de alegación presentados contra las medidas cautelares que han dejado en depósito provisionalmente la posesión de los muebles al Estado. El recurso que presentaron los Franco contra la sentencia en su contra queda ahora pendiente de señalamiento para su votación y fallo.