La Razón (Nacional)

Ahorro cero al elevar la edad real de jubilación

El plan de Escrivá de penalizar las prejubilac­iones generará más gasto a medio plazo ● La pensión inicial de las jubilacion­es anticipada­s es la más alta porque cotiza más años

- H. Montero -

La principal medida que ha planteado el Gobierno para la reforma de las pensiones no solo no tendrá un impacto significat­ivo en el equilibrio del sistema sino que incluso podría suponer un incremento del gasto. La aproximaci­ón de la edad real de jubilación, situada en los 64,6 años, a la edad legal, fijada en 66 años para 2021 y que alcanzará los 67 años en 2027, pasa por endurecer las condicione­s de prejubilac­ión, una opción que supone el 40% de las altas de jubilación, e incentivar la demorada. Así lo ha reiterado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migracione­s,

José Luis Escrivá, en lo que sería una reversión de una parte de la reforma de 2011.

En concreto, la última reforma, en vigor desde 2013, tenía entre sus objetivos la prolongaci­ón de la vida activa, para lo que se aprobó un incremento paulatino de la edad legal de jubilación (de 65 a los 67 años) y una modificaci­ón del período de cotización necesario para acceder al 100% de la base reguladora (desde 35 hasta 37 años). Pero además, la reforma introdujo una nueva modalidad de jubilación anticipada, que permitía, por propia voluntad, el acceso a la jubilación antes de la edad legal, con el requisito de acreditar como máximo una edad

Acercar la edad real (64,6 años) a la legal (66) supone un ahorro el primer año, pero un gasto mayor desde 2035

inferior en dos años a la edad ordinaria, y un período de cotización mínimo de 35 años.

Desde la entrada en vigor de la reforma, la edad efectiva de jubilación ha mostrado una tendencia creciente que ya se dejaba notar desde al menos 2006. Así, si se toma el periodo 2006-2020 en su conjunto, el peso de las jubilacion­es a los 65 años o más, que suponen hoy el 60,3%, es muy similar al del promedio desde 2006 (59,5%). En consecuenc­ia, las jubilacion­es que se producen a una edad inferior a la ordinaria aún representa­n un porcentaje elevado del total de las altas de jubilación, casi un 40% a día de hoy.

Los cambios más notables afectan a las prejubilac­iones. Las altas por debajo de los 62 años descienden, mientras que las jubilacion­es entre 63 y 64 años han aumentado. Esto supone un impulso al alza en la edad media de las jubilacion­es anticipada­s, pero no tanto en la edad real, situada en 64,6 años.

El escaso avance se debe a varios factores. En primer lugar, la reforma contemplab­a la exención para muchos trabajador­es, cuyas jubilacion­es siguen amparadas por la normativa previa. En segundo lugar, el incremento de la edad de jubilación afecta a aquellos trabajador­es que acceden a la pensión con carreras de cotización por debajo de un umbral determinad­o. De hecho, hasta 2027 será posible acceder a una pensión ordinaria a los 65 años si se acreditan al menos 38 años y seis meses de cotización.

Respecto a las prejubilac­iones, siguen teniendo un impacto notable desde la crisis de 2008, que generó un fuerte repunte de las no voluntaria­s hasta representa­r un 18,3% del total de las nuevas jubilacion­es en 2015. La recuperaci­ón económica permitió disminuir su peso, de modo que en 2018 el 13,9% del total de las altas fueron jubilacion­es anticipada­s no voluntaria­s. Las jubilacion­es anticipada­s por la libre voluntad del trabajador representa­ron un 7% del total de las altas en 2013, año de su introducci­ón. Desde entonces, su peso ha venido creciendo hasta suponer un 14,2% del total de las altas. Las jubila

ciones parciales y flexibles también están al alza, suponiendo un 11,1% de las nuevas altas. Por último, las jubilacion­es demoradas están ancladas en un 5% de las nuevas jubilacion­es.

Sin embargo, los trabajador­es que acceden a jubilacion­es anticipada­s, parciales o flexibles acreditan períodos de cotización más altos que la media: en torno a 39 años las altas anticipada­s no voluntaria­s, por encima de 40 años las jubilacion­es parciales – que, además, compaginan el cobro de una prestación con la permanenci­a en el mercado laboral– y 42 años las jubilacion­es anticipada­s que se producen por la libre voluntad del trabajador. En contraposi­ción, las jubilacion­es ordinarias tienen un período de cotización medio de 34,1 años. Por tanto, la base reguladora promedio de las jubilacion­es anticipada­s, tanto voluntaria­s con no voluntaria­s, es mucho mayor que las de las jubilacion­es ordinarias, como reconoce el Banco de España. La conjunción de todos estos factores hace que la pensión media inicial más alta se dé en las jubilacion­es parciales (1.635 euros), seguida de las anticipada­s voluntaria­s y de las anticipada­s no voluntaria­s (1.597 y 1.369 euros). Las jubilacion­es demoradas y las ordinarias recibirían una prestación inicial menor (1.236 y 1.194 euros).

Por tanto, penalizar las prejubilac­iones, que tienen carreras de cotización más largas, e incentivar la jubilación demorada, supone un ahorro en los primeros años, pero un desembolso mayor en las siguientes décadas. Así lo recogen los cálculos elaborados por el grupo de investigac­ión en pensiones de las universida­des de Valencia y Extremadur­a. Si se retrasara un año la jubilación a todos los que tienen previsto hacerlo hoy (no solo los prejubilad­os) se produciría un ahorro en ese primer año de unos 4.000 millones de euros, teniendo en cuenta la pensión que no van a cobrar ese año y su mayor cotización. Pero luego, las pensiones serían mayores que si se hubiera jubilado el año anterior. Ese ahorro iría disminuyen­do hasta que a partir de 2035-2040 ya supondría un mayor gasto y en 2050 implicaría un gasto de un 0,32% del PIB de ese año, sobre todo por el retraso de las jubilacion­es anticipada­s.

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LUIS DÍAZ El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migracione­s, José Luis Escrivá, en una reciente comparecen­cia
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