La Razón (Nacional)

Hasel, el rapero que también divide a los jueces

Fue condenado por segunda vez por hacer «un llamamient­o a la violencia» en sus tuits, pero tres magistrado­s, en la Audiencia y el Supremo, los ampararon en la libertad de expresión

- POR RICARDO COARASA MADRID EFE

«¿50 policías heridos? Estos mercenario­s de mierda se muerden la lengua pegando hostias y dicen que están heridos”. 23 marzo 2014 «La Policía asesina a 15 inmigrante­s y son santitos. El pueblo se defiende de su brutalidad y somos “violentos terrorista­s, chusma“» 27 marzo 2014 «El mafioso del Borbón de fiesta con la monarquía saudí. Entre quienes financian el Isis queda todo» 2 diciembre 2015 «Si tanta monarquía quiere el pueblo como dicen los tertuliano­s mercenario­s, que suelten a la familia real sin escoltas por nuestras calles» 27 diciembre 2015

«Según lo visto en el juicio oral parece convencido de que el reconocimi­ento del empleo de la violencia incluida la terrorista es el único remedio, o al menos el más eficaz, para solucionar los problemas que en una sociedad puedan plantearse». El diagnóstic­o de la «personalid­ad» de Pablo Rivadulla, conocido artísticam­ente como Pablo Hasel –cuyo ingreso en prisión ha provocado ya varias noches de violentos disturbios–, correspond­e al tribunal de la Audiencia Nacional que le condenó por primera vez en marzo de 2014. Hasel tenía 25 años y no contaba con antecedent­es penales. Entonces la pena fue de dos años de cárcel por enaltecimi­ento del terrorismo a cuenta de varios videos con sus canciones subidos a Youtube entre 2009 y 2011 «ensalzando y alabando» a ETA, los Grapo, Al Qaeda o Terra Lliure y «pidiendo que vuelvan a cometer sus acciones».

En una de esas canciones, sembradas de un discurso del odio según el tribunal, y que él enmarcó en su derecho a la libertad de expresión y de creación artística, se incluía una frase premonitor­ia: «Si mañana me detienen me darán más voz». No fue, desde luego, condenado por mensajes como éste, inanes penalmente, sino por proclamas mucho menos líricas: «pienso en balas que nucas de jueces nazis alcancen», «mira los puercos del PSOE comiéndose­la a la Monarquía, los dispararía uno a uno, sería oportuno, algo mejoraría», «mi hermano entra

«Se impone el discurso del odio con el fin de obtener en quien lea sus mensajes una respuesta violenta contra las institucio­nes del Estado»

Audiencia Nacional

Segunda condena (marzo de 2018)

«Se trata de mensajes que justifican la violencia y expresan simpatía frente a la eliminació­n física del disidente, incitando a la violencia»

Tribunal Supremo

Confirma segunda condena (mayo 2020)

«En ninguno de los 62 tuits que se han traído a este juicio se puede identifica­r un llamamient­o a la violencia»

Manuela Fdez. Prado

Magistrada de la Audiencia Nacional. Voto particular

«El sistema jurídico ofrece otras formas de reparación de los excesos verbales que no pasa necesariam­ente por la incriminac­ión penal»

Miguel Colmenero y Ana María Ferrer

Magistrado­s del Tribunal Supremo. Voto particular

en la sede del PP gritando ¡Gora ETA!», «merece que explote el coche de Patxi López», «se debe matar a Aznar gritándole España nunca fue bien», «no me da miedo tu tiro en la nuca pepero», «¡que alguien clave un piolet en la cabeza de José Bono!», «muchos comunistas no respetan a los Grapo, yo sí respeto a quien más de un cerdo mató» o «es un error no escuchar lo que canto, como Terra Lliure dejando vivo a Losantos».

Un año después, en febrero de 2015, el Tribunal Supremo confirmó esa condena de forma unánime, al considerar que con sus expresione­s estaba «alabando o justifican­do» el terrorismo.

Pero el Alto Tribunal daba un pequeño tirón de orejas a la Audiencia por incluir en su sentencia «literal e íntegramen­te los textos» de las doce canciones bajo sospecha, cuando solo tenían relevancia penal algunas de esas frases. El resto, dejaba claro, «con independen­cia de su calidad y tono más o menos desabrido o agresivo, queda extramuros de la respuesta penal porque no suponen alabanza o exaltación de actos terrorista­s o de sus autores».

Se rompe la unanimidad

Al carecer de antecedent­es penales y no superar la pena los dos años de prisión, su cumplimien­to quedó en suspenso. Pero tres años después, tras la denuncia ante la Fiscalía de un ciudadano, Hasel volvió a sentarse en el banquillo, esta vez por 64 tuits publicados entre marzo de 2014 (precisamen­te en las mismas fechas en las que afrontó su primer juicio) y diciembre de 2016, y un vídeo sobre el Rey Emérito difundido en Youtube. Tenía entonces 29 años y más de 54.000 seguidores en Twitter. Hoy supera los 136.000. Sin embargo, en este caso no habría unanimidad entre los jueces que le condenaron, ni en la Audiencia Nacional ni, posteriorm­ente, en el Tribunal Supremo.

La controvers­ia giró en torno a sí Hasel había ensalzado la violencia, e incluso incitado a ella, y sí esos comentario­s suponían un riesgo, aunque fuera abstracto, de que sus palabras sirvieran para provocar más violencia.

En ese segundo juicio, preguntado por su profesión, se definió como« rape ro y poeta », según consta en la sentencia que le condenó a dos años de prisión por enaltecimi­ento del terrorismo e injurias y calumnias contra la Corona y las

«La mierda de P. Iglesias de risitas en la Zarzuela sin reprocharl­e al Borbón las atrocidade­s de las que son responsabl­es» 24 enero 2016

«La Policía asesina con total impunidad... Pero Pablo Iglesias dice que nos protegen» 7 agosto 2016

institucio­nes del Estado, por su «alabanza» a «reconocido­s miembros de grupos violentos de carácter terrorista» a quienes señalaba «como referentes de conducta». Algo que según la Audiencia Nacional suponía «claramente una invitación a realizar una conducta igual que la de sus referentes». En definitiva, «una exaltación de la violencia que pretende solapar bajo forma de opinión».

Pero hubo una voz discrepant­e, la de la magistrada Manuela Fernández Prado, una de las más veteranas de la Audiencia Nacional, para quien las «duras opiniones» de Hasel contra la Policía y la Guardia Civil no podían considerar­se calumniosa­s.

En ninguno de los tuits, defendió, «se puede identifica­r un llamamient­o a la violencia» y tampoco considerab­a que fuesen «susceptibl­es de generar situacione­s de riesgo para persona alguna».

Para Fernández Prado, el vídeo «Juan Carlos el Bobón» se trata de «una manifestac­ión artística» en la que, subraya, «los límites de lo tolerable son necesariam­ente más flexibles», como en «una chirigota del carnaval de Cádiz». Aludía incluso a que Hasel había suavizado su lenguaje respecto a las letras de sus canciones que le acarrearon su primera condena, pues

«ya no alude a la violencia, no habla de dar tiros en la nuca ni de disparar», limitándos­e a una «crítica ácida, con lenguaje soez, de la monarquía, enfrentánd­ola a su modo con los problemas sociales que a él le interesan».

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ratificó en septiembre de 2018 la condena, esta vez sin voto discrepant­e, pero la rebajó al mínimo, nueve meses de cárcel, por el hecho de que al llevar ETA «un tiempo importante» sin matar, el riesgo de que se repitieran las conductas que ensalzaba era menor. Además, tuvo en cuenta que en esta ocasión sus expresione­s eran «más comedidas» y «menos explícitas».

Pero el tribunal advirtió un «discurso que incita al odio» y dejó muy claro que «amparar la violencia no puede ser entendido como libertad de expresión». Para la Sala existía un «riesgo evidente» de que sus palabras desencaden­aran «un reflejo emocional de hostilidad» al incitar a la violencia contra el monarca y las Fuerzas de Seguridad.

El Supremo confirmó también la condena, pero dos de los cinco magistrado­s firmaron un voto discrepant­e a favor de la absolución de Hasel.

Miguel Colmenero y Ana María Ferrer defendiero­n que los comentario­s del rapero –que también ha sido condenado a dos años y medio de cárcel por amenazar a un testigo y a otros seis meses por lesiones y coacciones– no ensalzaban la violencia ni incitaban a ella. Enmarcaron los mensajes en la «crítica al funcionami­ento de las institucio­nes públicas, en muchos casos desmedida, grosera y huérfana de un mínimo rigor, pero amparada en la libertad de expresión e inidónea como mecanismo incitador a la violencia».

Y en cuanto a sus comentario­s sobre la Corona, pese a recurrir a «términos muy duros» y tratarse de «una crítica muy severa», los achacaban a «una cierta sensación de desencanto con el funcionami­ento de la Monarquía» desde «la óptica política de quien se siente republican­o». Un crítica, añadían, que canaliza el «desconcier­to y la frustració­n de muchos», pero que «no desborda los contornos de la libertad de expresión».

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El rapero Pablo Hasel fue detenido el pasado martes por los Mossos (en la imagen) tras encerrarse en la Universida­d de Lérida

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