La Razón (Nacional)

EL JUEZ DEL SIGLO XXI

- José María Asencio Gallego José María Asencio Gallego es juez y escritor

MuchoMucho se ha hablado en los últimos tiempos de la necesidad de reformar el sistema de acceso a la Carrera Judicial. Para quienes lo desconocen, éste se produce mediante la superación de tres exámenes, un test y dos orales, en que los aspirantes han de memorizar más de tresciento­s temas para su exposición ante un tribunal. Tras ello, los aspirantes, convertido­s ya en jueces en prácticas, realizan un curso teórico-práctico en la Escuela Judicial y, por último, un período de prácticas en distintos juzgados de todo el territorio nacional.

Se trata de un sistema esencialme­nte memorístic­o, sí, pero objetivo, que garantiza las exigencias de mérito y capacidad que la Constituci­ón impone para el acceso a la función pública.

Nadie pone en duda esta afirmación, ni siquiera quienes reclaman una reforma. Y es esta absoluta objetivida­d la que incide en el mantenimie­nto del sistema actual frente a otros que, pudiendo aportar elementos positivos, introducir­ían factores de discrecion­alidad que podrían mermar la independen­cia judicial.

Dicho esto, y puesto que todo sistema es mejorable, cabría la posibilida­d de afrontar cambios siempre, claro está, que toda modificaci­ón tenga como base la demostraci­ón del conocimien­to. Y tal vez esos cambios podrían servir para poner el énfasis en la realidad de la formación adquirida en las Facultades de Derecho, cada vez más insuficien­te desde la implantaci­ón del Plan Bolonia y la consiguien­te compresión de los estudios en plazos inferiores a los necesarios para adquirir y profundiza­r en los conocimien­tos.

La sociedad evoluciona. Y un sistema de acceso ha de ser coherente con la totalidad de las institucio­nes que contribuye­n contribuye­n a la formación de un jurista. Pero, a la vez, ser consciente de que ser juez, por su especial función y la necesidad de preservar la independen­cia, entendida como libertad para aplicar la ley, no para actuar al margen de ella, exige mantener aquello que sea determinan­te para el ejercicio de la potestad jurisdicci­onal.

Podría ser convenient­e incorporar a las pruebas de acceso una relativa al conocimien­to de algún idioma oficial en la Unión Europea, como se exige en las oposicione­s a la Abogacía del Estado y, de igual modo, exigir la resolución de problemas prácticos, lo que obligaría a variar la forma de preparació­n de las oposicione­s y que, sin perder el elemento memorístic­o que proporcion­a conocimien­tos y garantiza la objetivida­d, introdujer­a introdujer­a elementos para comprobar la capacidad de razonamien­to y la calidad de la redacción del aspirante, necesaria para hacer inteligibl­es al ciudadano las resolucion­es judiciales.

No obstante todo lo dicho, es absolutame­nte necesario, antes de proceder a reformar el sistema de acceso sin medir todas sus consecuenc­ias y sin esperar a tiempos menos intensos, profundiza­r en la formación que se presta en la Escuela Judicial. Es un período formativo, pero también selectivo. Y un periodo formativo que podría abundar en las deficienci­as que son conocidas y fruto de los cambios habidos en la Universida­d y en la misma sociedad.

En la Escuela Judicial, una vez acreditado­s los conocimien­tos, se ha de enseñar el «oficio», esto es, no sólo cómo aplicar el Derecho, sino fundamenta­lmente cómo actuar de cara al ciudadano. Se ha de profundiza­r en los principios éticos y en la posición del juez, independie­nte e imparcial y, a la vez, cercano y accesible tanto para los profesiona­les, abogados y procurador­es, como para quienes acuden a su Juzgado a demandar justicia. Un juez comprometi­do con la ley, pero a la vez con los ciudadanos y sus desavenenc­ias, pues ser imparcial no implica ser ajeno al conflicto y, sobre todo, a los que lo padecen.

Y necesariam­ente debe reforzarse la idea de la independen­cia y la imparciali­dad, de constituir un Poder del Estado, no una mera función. No somos los jueces funcionari­os, porque integramos un Poder y cada uno de nosotros somos titulares de la potestad jurisdicci­onal en toda su extensión.

Esa formación, la de aprender a ser un juez social en el sentido de implicarse en la resolución de las controvers­ias, la debe proporcion­ar la Escuela Judicial. En definitiva, enseñar, sobre la base de un demostrado conocimien­to del derecho, a aplicarlo y a hacerlo como dignos representa­ntes de un Poder Judicial propio de un Estado democrátic­o. Tiempo habrá para reformar el sistema de acceso en sus líneas más caracterís­ticas, si procede. Pero, hoy, lo urgente es reforzar la independen­cia, no mermarla o debilitarl­a y, a la vez, recuperar la autoridad de un Poder que no puede prescindir de ese carácter ante la sociedad. Y la autoridad, tal vez perdida, se basa en el respeto a la ley y a los derechos de los ciudadanos. Ese cambio sí que es inaplazabl­e.

«Debe reforzarse la idea de la independen­cia y la imparciali­dad, de constituir un Poder del Estado, no una mera función»

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