La Razón (Nacional)

Darias no puede imponer medidas

Los juristas sanitarios son rotundos: las comunidade­s tienen libertad para decidir

- Marta de Andrés

Juristas expertos en Derecho Sanitario consultado­s por LA RAZÓN concluyen que no hay ninguna duda legal de la autonomía de las regiones a la hora de decidir qué medidas se adoptan en sus territorio­s. Tampoco sobre si Sanidad puede imponer restriccio­nes. Desde que el pasado 9 de mayo finalizara el estado de alarma (decretado el 25 de octubre de 2020), las competenci­as en materia sanitaria han vuelto a las comunidade­s autónomas, «y con ello la Ley de Cohesión y Calidad del SNS ha quedado desactuali­zada, e indudablem­ente con ello, el papel del Consejo Interterri­torial (CI)», señala Ricardo de Lorenzo, experto en Derecho Sanitario. «En esta Ley se especifica­n las funciones del CI, y queda claro que su misión es coordinar y sus decisiones no son de obligado cumplimien­to por parte de las regiones al ser recomendac­iones».

Es en este órgano consultivo, donde están representa­dos el Ministerio de Sanidad y también los consejeros de las comunidsad­es, al que le correspond­e responder ante cualquier tipo de rebrote que haya en España, así como al proceso de vacunación que se está llevando a cabo.

De Lorenzo cita dos de los artículos donde se define este papel únicamente consultivo del CI: la ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, que dice, en el artículo 73.2 que «los acuerdos del Consejo se plasmarán a través de recomendac­iones que se aprobarán, en su caso, por consenso»; y el art. 14.1. del Reglamento de Funcionami­ento del Consejo Interterri­torial del Sistema Nacional de Salud aprobado el 23 de julio de 2003, que establece que los acuerdos del Consejo en relación a las materias que expresamen­te se determinan en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud se plasmarán a través de recomendac­iones, que se aprobarán, en su caso, por consenso.

«El Gobierno no puede actuar como tal en un órgano ‘inadecuado’, como es el CI, cuyos estatutos establecen que todas las decisiones han de tomarse por consenso. Si el Ejecutivo quiere imponer un criterio, y que sea de obligado cumplimien­to, que lo haga en el Consejo de Ministros», señala Mariano Avilés, jurista y presidente de la Asociación de Derecho Farmacéuti­co. «Amenazar con llevar a las autonomías que no lo cumplan a los tribunales no es más que otra manera de ponerse en ridículo; es como decir: como no puedo imponer mi voluntad, lo someto a la interpreta­ción jurídica de los tribunales», explica.

Desde el 10 de mayo, las comunidade­s autónomas, aunque se coordinen en el Consejo Interterri­torial de Salud, han vuelto a la situación anterior al estado de alarma y por lo tanto «sólo podrán adoptar, dígase lo que se diga, medidas ordinarias en materia de Sanidad», explica.

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