Estado de excepción «encubierto»
¿Qué tiene que decidir el Tribunal Constitucional? Tras el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Vox, los magistrados deben dilucidar si se produjo la suspensión de derechos fundamentales que no estaban amparados por el primer estado de alarma (que únicamente permite la limitación o restricción de los mismos), lo que algunos juristas calificaron como un «estado de excepción encubierto».
¿A qué conclusión ha llegado el ponente?
El borrador concluye que durante la vigencia del primer estado de alarma decretado por el Gobierno de PedroSánc he zen marzo de 2020 se produjo en realidad una suspensión del derecho de circulación que no encuentra amparo legal en el estado de alarma, pues hubiera requerido un estado de excepción.
¿Cómo afecta eso a las multas impuestas por incumplir las restricciones?
Según el artículo 40 de la ley que regula el funcionamiento del TC, la declaración de in constitucionalidad sí afecta a las sanciones que, como consecuencia de la nulidad, conlleven «una reducción de la pena o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad».
¿Afecta a todas las multas?
No, sólo a aquellas que se hubiesen impuesto por incumplir las disposiciones declaradas inconstitucionales. Por ejemplo, si se declara inconstitucional el confinamiento domiciliario sería nula una multa por haber salido de casa sin motivo, pero no por incumplir límites de aforo.
¿Permitiría reclamar una indemnización?
En principio no, al no tratarse de un funcionamiento anormal de la Administración, apuntan expertos constitucionalistas.