País Vasco abre la vía a expropiaciones forzosas de vivienda
Aprueba una norma que también obligará a alquilar casas que estén vacías
Vasco también ha puesto en el punto de mira las viviendas vacías de la comunidad –más de 15.000– para aumentar la oferta del alquiler y reducir los precios. Y lo ha hecho a través de una triple vía: un tasa para aquellos inmuebles que estén deshabitados más de dos años; la posibilidad de que si estos inmuebles están en zonas de precios tensionados, tengan que salir de forma obligatoria al mercado del alquiler; y, en casos extremos, la expropiación forzosa de viviendas.
El nuevo decreto sobre vivienda deshabitada promovido por el Gobierno del peneuvista Íñigo Urkullu establece, con carácter general, una tasa de diez euros por metro cuadrado para viviendas que permanezcan deshabitadas más de dos años, que empiezan a contar a partir del día siguiente desde que pueda tener uso residencial.
El decreto incluye los supuestos en los que la desocupación estará justificada: las viviendas de segunda residencia, los casos de traslado temporal de domicilio por trabajo, salud, dependencia o emergencia social y los hogares ofertados en venta o alquiler a precios de mercado durante un mínimo de tres meses. También quedarán libres de penalización las viviendas que se cedan a la administración para su alquiler protegido, las de entidades sin ánimo de lucro para acoger a personas migrantes, discapacitadas o víctimas de violencia de género y las que estén siendo rehabilitadas o no cuenten con las condiciones mínimas de habitabilidad.
Pero el decreto no sólo penaliza económicamente al propietario de una vivienda vacía sino que habilita la posibilidad de que se le fuerce a arrendarla. La norma establece la posibilidad de instar el alquiler forzoso a una vivienda deshabitada si está ubicada en una zona tensionada. Para que esto se produzca, será necesario que exista una declaración anterior de esa zona o municipio como área de acreditada demanda y nePaís cesidad de vivienda. Estos requisitos quedarán demostrados si hay al menos 100 demandantes de vivienda en alquiler inscritos en el Servicio Vasco de vivienda cuyas peticiones no hayan podido ser atendidas en los dos años anteriores a través del parque público y que los precios medios de alquiler en la zona sea al menos un 10% superiores a la renta media de la localidad. El alquiler forzoso se podrá efectuar en viviendas que se mantengan desocupadas transcurrido un año desde su declaración como vivienda deshabitada. Los propietarios percibirán una renta o, en caso de que no haya acuerdo, una indemnización.
Deshabitadas
La última vuelta de tuerca es la expropiación forzosa de determinadas viviendas. Esta medida, según el decreto del Gobierno vasco, se aplicará a viviendas deshabitadas por más de un año en zonas de acreditada demanda cuando la expropiación resulte adecuada para garantizar su utilización o en casos en los que esa residencia esté en riesgo de ruina o incumpla las normativas de conservación y genere inseguridad para las personas. En estos casos, se priorizará su rehabilitación y puesta a disposición de asociaciones sin ánimo de lucro.
Como norma general, habrá una tasa de 10 euros por metro cuadrado para aquellas viviendas vacías más de dos años
La desocupación estará justificada en supuestos como traslado temporal por motivos de trabajo, salud o dependencia