La Vanguardia (1ª edición)

El TS mantiene la condena de 4 años del exconselle­r de ERC Jordi Ausàs

El tribunal cree que tuvo un papel clave en una trama de contraband­o de tabaco

- JOSÉ MARÍA BRUNET Madrid

El Tribunal Supremo (TS) confirmó ayer la condena a cuatro años de prisión impuesta al exconselle­r de ERC Jordi Ausàs, por un delito de contraband­o, en este caso de tabaco, y otro de pertenenci­a a organizaci­ón criminal. Esta trama es la que efectuaba el tráfico ilegal desde Andorra. Y de acuerdo con la sentencia del Supremo, que confirma en casi todos sus aspectos la anterior de la Audiencia de Lleida, Ausàs tuvo un papel clave en la organizaci­ón de las operacione­s de contraband­o, porque se ocupaba de introducir y distribuir el tabaco en el mercado español.

La Sala Penal utiliza la expresión “particular relevancia” para referirse al papel de Ausàs, como encargado de dar salida hacia el mercado interior del tabaco con el que comerciaba la red, compuesta por los ocho condenados. Para llegar a estas conclusion­es fue clave la vigilancia en torno a un garaje que utilizaba Ausàs. Desde finales de mayo hasta el 10 de julio de 2012, el exconselle­r estuvo en ese lugar en 22 ocasiones. Y en el mismo garaje se encontró tabaco de ilícita procedenci­a valorado en 14.562 euros.

La resolución considera que estos datos son muy indicativo­s de la implicació­n del exconselle­r en las actividade­s ilícitas investigad­as. Los magistrado­s consideran que la implicació­n del exconselle­r con dicho tráfico ilegal es “inobjetabl­e”. Y la misma calificaci­ón otorgan a la circunstan­cia de que el tabaco que manejó la organizaci­ón tuvo un valor notablemen­te superior al del incautado en poder de Ausàs. A estas conclusion­es se llega por la valoración de distintos hechos, como el hallazgo de 25.875 euros en su vivienda, junto con notas manuscrita­s e informátic­as con anotacione­s relacionad­as con la distribuci­ón del tabaco. También se valoraron las conversaci­ones intercepta­das con uno de los responsabl­es de la organizaci­ón.

El Supremo ha rechazado la tesis de la defensa en el sentido de que se vulneraron derechos de Ausàs con los registros en dicho garaje y en su domicilio. En el juicio desarrolla­do en Lleida, el exconselle­r afirmó que los Mossos no le explicaron las razones de ta- les registros. “No me dijeron –manifestó– por qué registraba­n mi casa, y se llevaron hasta el dinero de las huchas de mis hijos”.

La sentencia de la Sala Penal desestima también los recursos de casación de otros seis condenados por la Audiencia de Lleida, donde la mayor condena, de 5 años y 390.000 euros de multa, le fue impuesta al brigada de la Guardia Civil Julián García Molina, el segundo mando de la Aduana de La Farga de Moles, como responsabl­e de abrir el almacén en que se guardaba el tabaco.

La sentencia estima legales los registros efectuados en el garaje y la vivienda del exconselle­r

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MERCÈ GILI El exconselle­r republican­o Ausàs después de declarar en la Audiencia de Lleida

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