SAT 9902 "Agroalmendra"
CONVOCATORIA DE ASAMBLEA
GENERAL ORDINARIA
Se convoca Asamblea General Ordinaria de la S.A.T. nº 9902 "Agroalmendra", que se celebrará el próximo día 30 de noviembre del 2015, en la Camara de Comercio de Lléida, en la calle Anselm Claver, nº 2, a las 11.00 h en primera convocatoria y en segunda convocatoria a las 11.30 h, al mismo lugar, y con el siguiente Orden del Día: 1.– Comentarios de la Campaña 2014/2015. 2.– Aprobación resultados y distribución del ejercicio 2014.
3.– Explicación del desarrollo del programa operativo durante los años 2014, 2015 y 2016.
4.– Recordatorio a los socios que entre las obligaciones de pertenecer a la OPFH está la de comunicar las situaciones de vinculaciones entre socios en las que se encuentre, según el artículo 9.4 del RD 1972/2008. En caso de no comunicar se entenderá que no tiene.
5.– Recordatorio a los socios que entre las obligaciones de pertenecer a la OPFH está la de entregar toda la producción de los productos reconocidos por la OPFH, o comunicar a la OPFH si se acoge la excepción que permite los estatutos sociales permitida por el art. 26 bis del R(UE) 543/2011.
6.– Recordatorio a los socios que entre las obligaciones de pertenecer a la OPFH está el compromiso de pertenecer a una sola OPFH para los productos objeto de reconocimiento. 7.– Ruegos y preguntas. 8.– Aprobación del acta. Por la importancia de los asuntos a tratar, se ruega la asistencia de todos los socios.
En Termens (Lleida), a 10 de noviembre del 2015.– D. Joan Roque Forcat, El Presidente
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General de Socios de carácter Universal de la entidad Inversions Pulit, S.L. (Sociedad Absorbente) y de la entidad Pirena 2005, S.L. (Sociedad Absorbida), celebradas ambas con carácter de Universal el día 27 de octubre de 2015, acordaron por unanimidad la fusión por absorción mediante integración de la totalidad del empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los bienes, derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión de fecha 20 de octubre de 2015, que fue aprobado por unanimidad de las Juntas Generales de Socios, de ambas entidades. Dicha fusión fue aprobada sobre la Base de los Balances cerrados a 30 de Septiembre de 2015 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad.
La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida (Pirena 2005, S.L.) está íntegramente participada por la sociedad absorbente (Inversions Pulit, S.L.), y de acuerdo con lo dispuesto en el ar tículo 49.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente.
Dado que las sociedades participantes en la fusión adoptaron por unanimidad el acuerdo de fusión, la operación se estructura como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión, previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.
En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente. La fusión impropia tendrá efectos contables a 1 de enero de 2015. La fusión por absorción impropia se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, dado que se acogerá a lo previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, por la que se aprueba la Ley de Impuesto sobre Sociedades.
No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último acuerdo por el que se apruebe la fusión, todo ello según lo previsto en los ar tículos 43 y 44 de la Ley 3/2009.
Vic (Barcelona), a 6 de Noviembre de 2015.– D. Joaquín Subirachs Vila, Administrador de Inversions Pulit, S.L. (Sociedad Absorbente) y de Pirena 2005, S.L. (Sociedad Absorbida).