La Audiencia estudiará si envía a prisión a Rato
La Fiscalía se planteará el lunes medidas cautelares
La Fiscalía Anticorrupción quiere que se celebre una vista para decidir la imposición de medidas cautelares a Rodrigo Rato y Miguel Blesa, condenados por apropiación indebida a 4 años y 6 meses, y a 6 años, respectivamente, en relación con el caso de las tarjetas black. El fiscal encargado del caso, Alejandro Luzón, no ha anticipado qué medidas pedirá –entre la prisión incondicional, con fianza o las comparecencias periódicas en el juzgado-, pero la acción popular que ejerce la Confederación Intersindical de Crédito (CIC) va a pedir el ingreso de ambos condenados en la cárcel.
Anticorrupción, a su vez, ha pedido en diversas ocasiones prisión incondicional en los supuestos de condena a más de cinco años. Pero no hay una regla fija. En el reciente caso Nóos, el fiscal pidió prisión eludible con fianza para Iñaki Urdangarin y la Audiencia de Palma acordó que quedase en libertad y pudiera seguir viviendo en Suiza. La diferencia esencial entre ambos casos es que Blesa y Rato tienen otros procedimientos penales en marcha y el exduque de Palma no. La CIC argumentará en el caso de los citados condenados por las tarjetas black que se trata de impedir que ambos incurran en reiteración delictiva.
Uno de los objetivos de la acción popular en el recurso que planteará ante el Supremo es que Rato y Blesa sean condenados no sólo por apropiación indebida, sino también por el de administración desleal. De este delito les acusó no sólo la CIC, sino también Bankia y su matriz BFA.
En cuanto a las medidas cautelares, la CIC ha anticipado que si no se acuerda la prisión de Blesa y Rato, la Audiencia podría adoptar otra serie de medidas contra los ex banqueros como “prisión eludible bajo la fianza que estime oportuna esta Sala, o bien la prohibición de salida del territorio nacional, retirada del pasaporte y comparecencia periódica ante las autoridades que se determinen”.
Esta acusación, que ejerce el abogado Andrés Herzog, considera que en este caso “resulta incontrovertida la concurrencia” de los requisitos que la ley exige para la celebración de la vistilla de medidas cautelares “atendiendo al cúmulo de evidencias puesto de manifiesto con la condena” que se ha impuesto a ambos. El escrito de la CIC subraya asimismo que ambos condenados tienen otras causas pendientes ante la justicia. La gravedad de las penas, superiores a dos años en ambos casos, “evidencia de forma reforzada” según esta parte “un cierto y objetivo riesgo de sustracción de la acción de la justicia.