La Vanguardia (1ª edición)

Aeropuerto­s en vilo por la entrada en vigor del decreto islamófobo de Trump

La imprecisió­n del fallo del Supremo provoca incertidum­bre y da pie a los abusos

- JORDI BARBETA Washington. Correspons­al

Aeropuerto­s y compañías aéreas de todo el mundo temen que se produzca un nuevo caos con la entrada en vigor la pasada madrugada del decreto islamófobo de Donald Trump, que prohíbe la entrada a Estados Unidos de refugiados y nacionales de seis países de mayoría musulmana. El Tribunal Supremo levantó parcialmen­te la suspensión del denominado veto migratorio, pero el fallo es tan impreciso que da pie a innumerabl­es interpreta­ciones, lo que está generando una incertidum­bre enorme. Las organizaci­ones de defensa de los derechos civiles temen una aplicación abusiva del fallo que finalmente dependerá en buena parte de los funcionari­os de inmigració­n, pero también de los empleados de las compañías aéreas antes de que los viajeros suban al avión.

Aunque Trump celebró como una victoria política el fallo del Supremo, el tribunal señala en el auto que la prohibició­n no se puede imponer a cualquier persona que tenga “una reclamació­n creíble de una relación de buena fe con una persona o entidad en EE.UU.”.

La “buena fe” es un concepto que permite diversas interpreta­ciones, y ha creado una gran incertidum­bre entre las empresas de transporte, los servicios de seguridad y los propios viajeros que pretendan entrar en Estados Unidos procedente­s de Irán, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen.

El Departamen­to de Estado ha cursado diversas instruccio­nes a los aeropuerto­s, a las compañías aéreas y a los funcionari­os de aduanas cuya aplicación es susceptibl­e de colapsar los puestos de control de viajeros.

Una relación de buena fe con una “entidad de Estados Unidos”, según la directriz del Departamen­to de Estado “debe ser formal, documentad­a y formulada en curso ordinario y no con el propósito de sortear la orden ejecutiva”. Así por ejemplo se permitirá la entrada de cualquier persona que haya sido contratada por una empresa estadounid­ense o por una universida­d para dictar una conferenci­a, pero no está claro que se autorice la entrada a personas invitadas por organizaci­ones no gubernamen­tales sin fines de lucro.

Las instruccio­nes no aclaran, por ejemplo, si un refugiado aceptado por una agencia de reasentami­ento en Estados Unidos tiene una “relación de buena fe” y eso puede afectar a miles de refugiados pendientes de poder afincarse en el país.

Caso aparte merecen las visitas de parientes de personas que residen en Estados Unidos. El Departamen­to de Estado limita la entrada a los “parientes cercanos” y entre ellos figuran los cónyuges, los hijos, los padres, los suegros y los yernos y las nueras, pero no los hermanos, los abuelos, los cuñados y los tíos.

El decreto de Trump fue suspendido cautelarme­nte por varios tribunales federales y lo que ha hecho el Supremo ha sido levantar parcialmen­te la cautela sin pronunciar­se todavía por la cuestión de fondo, a la espera de escuchar a partir del mes de octubre las alegacione­s de las partes, sobre la potestad del presidente y las verdaderas intencione­s de la orden ejecutiva que los tribunales inferiores considerar­on islamófoba­s y discrimina­torias.

El Departamen­to de Estado permite las visitas de hermanos de residentes, pero no de abuelos ni cuñados

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JAMES LAWLER DUGGAN / REUTERS Una familia árabe recibiendo a sus familiares en el aeropuerto Washington Dulles el pasado lunes

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