Los autónomos se deducirán gastos corrientes y tendrán más flexibilidad
La reforma de la ley de Autónomos aprobada ayer por el Congreso contempla algunas de las reivindicaciones históricas del colectivo como poder deducirse algunos gastos corrientes (como luz, agua o teléfono) y les dará más flexibilidad. Ahora el texto debe pasar por el Senado, con la idea de que pueda entrar en vigor en agosto o septiembre. Algunas de las principales medidas son:
Deducciones de gastos corrientes. Los autónomos podrán deducirse el 30% de los gastos de suministros como agua, electricidad o teléfono) atribuibles a la actividad económica. Para el cálculo se contabilizará qué parte de la vivienda del autónomo se dedica a la actividad profesional. Si se dedica un despacho que representa el 20% de toda la casa, sólo será objeto de deducción una cuarta parte de las facturas.
Desgravaciones por comidas. La ley prevé la desgravación de hasta 26,67 euros diarios por los gastos de manutención. En el caso de que el autónomo esté en el extranjero, la desgravación será de un máximo de 48 euros.
Accidentes in itinere. Los accidentes que sufran al ir o volver al trabajo serán considerados como laborales, igual que sucede con los trabajadores por cuenta ajena.
La tarifa plana se amplía a 12 meses. Los autónomos que se daban de alta actualmente disfrutaban de una cuota reducida de 50 euros durante los primeros seis meses del año. Ahora se ha prolongado para que sea un año. También podrán beneficiarse de la rebaja los que lleven más de dos años sin trabajar y las mujeres que se reincorporen tras el periodo de maternidad.
Compatibilizar el trabajo y la pensión. En el caso de que un autónomo tenga contratado a otro trabajador podrá compatibilizar su empleo con una pensión.
Flexibilidad en las cuotas. Los trabajadores podrán darse de alta y de baja como autónomos tres veces al año y pagar sólo por los días efectivamente trabajados. También se podrá cambiar la base de cotización hasta cuatro veces al año.
Bonificaciones del 100%. En el periodo de descanso por maternidad, paternidad o adopción, los trabajadores disfrutarán de una bonificación del 100% en el pago de las cuotas. Tendrán también una exención del 100% de la cuota los que cuiden a menores o dependientes.