Apps bajas en alcohol
Las bebidas alcohólicas de más de 20 grados no podrán anunciarse en aplicaciones.
Las bebidas alcohólicas de una graduación superior a los 20 grados no podrán anunciarse en aplicaciones o en plataformas móviles, según ha establecido la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El organismo regulador, dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad, ha hecho pública esta prohibición en una respuesta a la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol), que le formuló una consulta en relación a la posibilidad de promocionar este tipo de bebidas alcohólicas en aplicaciones para dispositivos móviles.
Autocontrol pidió a la CNMC que definiera “si este tipo de plataformas y aplicaciones (teléfonos, tabletas, ordenadores) pueden calificarse como servicios de comunicación audiovisual televisiva en movilidad o televisión en movilidad”. El requerimiento preguntaba si, en caso afirmativo, “las comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas de más de 20 grados estarían prohibidas en estas plataformas y aplicaciones”.
En su respuesta, la CNMC considera que las aplicaciones que permiten ver programas en dispositivos móviles pueden calificarse de comunicación audiovisual televisiva en movilidad o televisión en movilidad.
El fundamento de esta prohibición, argumenta el organismo regulador, “se ha de entender, con una justificación clara en la protección de los derechos de los menores, que esta prohibición de emisión de comunicaciones comerciales televisivas de bebidas alcohólicas con un nivel superior de veinte grados ha de afectar también a las comunicaciones comerciales efectuadas en la televisión en movilidad, esto es, en aplicaciones o plataformas para el visionado de programas en dispositivos móviles”. El adjetivo “televisivo” se aplica de forma legal a todo aquello que sea visual, según ha hecho constar la CNMC en su respuesta.