UNA IMAGEN FISCAL AMABLE
El panorama sombrío de la coyuntura económica y sus consecuentes repercusiones en el campo social requieren que nos centremos en la eficiente gestión de aquellas variables que estén a nuestro alcance, a la espera que aquellas otras alejadas de nuestras posibilidades mejoren, si es que realmente deseamos superar la situación actual.
Así, embridar el desbocado déficit de las administraciones públicas constituye una prioridad necesaria, aunque no suficiente, en la medida que conlleva un drenaje de significativos recursos financieros del sistema y que perturba seriamente la capacidad de estas administraciones de actuar enérgicamente en políticas de fomento de la actividad económica y la inversión, independientemente de nuestros ineludibles compromisos y exigencias internacionales.
No se producirá una notable mejora de las arcas públicas sin un robusto y sostenible progreso de la actividad económica. Mientras tanto, una sabia combinación de gestión eficiente de los recursos disponibles, una rebaja del catálogo de servicios públicos de carácter no esencial y un incremento de impuestos, constituyen el único sendero posible. Hoy en día, estos últimos son de referencia obligada en todos los países de nuestro entorno, tanto en lo que respecta a la exacción de recursos financieros que nuestras administraciones precisan insaciablemente, al tiempo que deben valorarse sus efectos sobre el conjunto de la actividad económica.
Así pues, un complejo equilibrio entre los ingresos impositivos obtenidos rápidamente y que, a su vez, no afecten o perjudiquen al fomento de la actividad económica es, sin duda, una tarea difícil, pero imprescindible.
En este panorama, las empresas compiten entre sí, así como los estados y territorios, en la atracción del ahorro y la inversión. Los esquemas fiscales constituyen una variable más en esta desacomplejada e intrépida búsqueda de actividad económica. Y en este escenario, una interesante y amable tarjeta de presentación en el aspecto fiscal constituye un elemento que tener en cuenta, independientemente de la presión fiscal real que pueda existir, por cuanto no sólo es reflejo de nuestra identidad sino porque también es determinante poder transmitir mejores vibraciones que las administraciones de los territorios con los que se compite o, en todo caso, vibraciones no agresivas.
Las administraciones públicas deben valorar con mucho tiento qué imagen transmiten en lo que hace referencia a la fiscalidad, porque aquellos que toman decisiones relevantes de inversión y
Las administraciones públicas deben valorar con mucho tiento qué imagen transmiten con la fiscalidad
de ahorro acostumbran a tener una gran capacidad de elección en lo que se refiere a la ubicación de las mismas.
Situándonos en el sur de Europa y atendiendo a las actuales circunstancias, no nos queda más que competir con los instrumentos que dispongamos, al objeto no sólo de retener residencias fiscales de personas y entidades, y consecuentemente ahorros e inversiones, sino también de ser capaces de atraerlas.
En el caso concreto de Catalunya, resulta conveniente contras- tar si algunos tipos impositivos nominales constituyen una atractiva carta de presentación en los tiempos actuales. En cuanto al tipo impositivo máximo en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), en Catalunya alcanza la friolera cifra del 56%, cuando la Comunidad Valenciana tiene un 54%, la Balear un 52% o la Madrileña el 51,9%. Esta cifra es la más alta de todo el Estado y, en Europa, sólo es superada por Suecia, que tiene el 56,4%.
El año pasado, resucitó en España el impuesto sobre el patri- monio. El Gobierno introdujo una exención muy importante de 700.000 euros, además de añadir 300.000 euros por vivienda habitual para todo el territorio nacional. Complementariamente a dicha exención, tres comunidades (Baleares, Madrid y Valencia) han introducido una bonificación total a todos aquellos residentes que tengan patrimonios superiores a las cantidades indicadas.
Contrariamente, en Catalunya no está previsto introducir ventajas fiscales complementarias a las previstas con carácter general a nivel estatal, con lo cual los patrimonios personales superiores a 1.000.000 de euros van a tributar en algunos lugares, pero no en otros.
Respecto al impuesto sobre sucesiones, en la mayoría de comunidades autónomas se ha producido una exención prácticamente total bajo esquemas normativos muy simples, perfectamente comprensibles, con una bonificación que puede llegar hasta el 99% del capital afectado. En el caso de Catalunya, aunque se han introducido unas exenciones supletorias a las previstas en la normativa estatal, pero con una aplicación más compleja y alambicada, no facilita una presentación amable de las mismas en la comparación con otros territorios.
Lamentablemente, veremos subidas de impuestos, y aunque reconocemos que el equilibrio no es sencillo, deben valorarse cómo inciden estos incrementos en la actividad económica y, concretamente, en la atracción y reten-
El impuesto sobre sucesiones catalán sigue siendo uno de los más desfavorables del Estado
ción de la inversión y el ahorro a largo plazo, al tiempo que evidentemente no se debe olvidar en ningún momento, la aplicación de unos estándares de equidad homologables al tipo de sociedad que aspiramos.
Ahora bien, resulta importante tener presente que los tipos nominales constituyen un foco de observación muy potente que inhibe la atracción de los agentes económicos que nos interesan y, por tanto, las tarjetas de presentación en el aspecto fiscal desempeñan un papel muy importante.