Un decreto insuficiente
La quita debería estar en función de lo que falta pagar
El pasado 10 de marzo se publicó en el BOE el real decreto ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. Ante todo, entiendo que esta norma nace con la intención de garanti- zar un derecho fundamental como es el previsto en el artículo 47 de nuestra Constitución y merece ser considerada como un gran avance en el entorno de crisis en el que nos encontramos, pero, creo, que podría ser mejorada en los puntos que a continuación se plantean:
1. La sujeción al código de buenas prácticas podría ser obligato- ria para las entidades, con el fin anteriormente expuesto que persigue la norma, esto es, garantizar un derecho fundamental.
2. La exigencia de que se trate de un crédito o préstamo que carezca de otras garantías, reales o personales, es un requisito poco efectivo por cuanto la mayoría de las personas que hoy están en dificultades, requirieron de avales para conseguir acceder al crédito hipotecario. Avales que, por otra parte, se exigían para garantizar la concesión de un crédito por el 100% o 120% del valor de tasación, en ocasiones, fuera de mercado y con criterios de verificación de solvencia hoy superados.
3. Una de las medidas previstas en el real decreto consiste en la potestad de las entidades financieras de ofrecer a los deudores una quita sobre el conjunto de su deuda, lo cual merece ser considerado de distinta forma en función del plazo que quedare por cumplir del crédito hipotecario.
Acorde con ello, aquellas hipotecas que tuvieran un plazo de finalización corto a la fecha de soli- citud de estas medidas, deberían ser objeto de un tratamiento distinto, intentando que el deudor, que es quien ha pagado la mayor parte de la deuda, fuere el propietario del inmueble.
4. Se establece, como límite para acogerse a los beneficios de la norma, un máximo de 200.000 euros del precio de adquisición, cuando debería decir del valor de la vivienda.
5. Finalmente, exigir intereses de mora a este colectivo, tan perjudicado, no parece una medida muy alineada con los objetivos finales de la norma, por cuanto lo único que se consigue es aumentar la deuda hipotecaria cuyo pago está intentado ser resuelto por falta de medios.