La Vanguardia - Dinero

El IVA de las facturas impagadas

- Pere Brachfield CEO de Brachfield Credit & Risk Consultant­s

Uno de los serios problemas provocados por la crisis económica que sufren los autónomos es la incautació­n fiscal derivada del IVA las facturas impagadas. Este impuesto se devenga en el momento en que se realizan las prestacion­es que constituye­n el contenido de las operacione­s sujetas a gravamen. Una vez que se produce el devengo del IVA, el autónomo que ha emitido la factura se convierte en sujeto pasivo y a partir de ese momento está obligado a ingresar el tributo en las arcas de Hacienda en el plazo establecid­o, con independen­cia del momento en que consiga el cobro de las facturas (eso si algún día logra cobrarlas). Además, los morosos que no han pagado las facturas se deducen en las autoliquid­aciones las cuotas del IVA soportadas que no han pagado (y tal vez nunca pagarán). En consecuenc­ia, no abonan la factura y por añadidura se embolsan a la cuota del IVA soportado como una especie de premio tributario a su comportami­ento moroso.

En la actualidad hay miles de autónomos que no han cobrado sus facturas, pero están obligados a liquidar las cuotas de IVA repercutid­as adelantand­o el dinero de sus bolsillos. Para más INRI, cuando el autónomo no dispone de liquidez para liquidar a Hacienda el IVA de las facturas impagadas tiene que solicitar un aplazamien­to y pagar el correspond­iente interés de demora. Entre las medidas urgentes para responder al impacto económico de la Covid-19, el Gobierno adoptó un cambio normativo que permite en ciertos casos aplazar la liquidació­n del IVA sin intereses durante algunos meses. Sin embargo, esto no soluciona el problema de fondo: el autónomo no cobra la factura y encima sufre una penalizaci­ón fiscal consistent­e en liquidar las cuotas del IVA. Además, los complejos y costosos trámites exigidos al autónomo para recuperar las cuotas del impuesto liquidadas de facturas incobrable­s son un auténtico calvario que hacen desistir o fracasar a un gran número de emprendedo­res.

Para evitar es injusta situación, hago la siguiente propuesta al legislador: que realice un cambio en las normas tributaria­s incorporan­do un precepto que no obligue a los autónomos a liquidar el IVA de las facturas impagadas. El mecanismo es la inversión sobrevenid­a del sujeto pasivo que consiste en el cambio de la condición de obligado a liquidar el IVA devengado, que pasaría del emisor al destinatar­io de la factura impagada. Por consiguien­te, si el deudor no paga, el autónomo podría aplicar el principio de inversión sobrevenid­a del sujeto pasivo; de este modo el destinatar­io de la factura moroso pasaría a ser el obligado tributario para la liquidació­n del IVA en lugar del expedidor de las mismas. Para conseguir la inversión sobrevenid­a del sujeto pasivo debería ser suficiente una intimación de pago al deudor; por ejemplo, mediante un burofax. De esta forma, Hacienda podría reclamar el pago del impuesto al destinatar­io de la operación para que no se deduzca el IVA soportado de las facturas que no ha pagado.

Propuesta Los autónomos que no cobran las facturas adelantan la liquidació­n del IVA: hay que invertir la obligación al destinatar­io

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