La Vanguardia

Esperando al TEDH

- Florencio Domínguez

La Gran Sala del Tribunal de Estrasburg­o se reúne hoy para la vista del recurso del Reino de España contra la sentencia que anulaba la aplicación de la doctrina Parot a la etarra Inés del Río Prada y ordenaba su excarcelac­ión. Hace unos meses, cuando se admitió a trámite el recurso de la Abogacía del Estado, fue notable el optimismo del Gobierno. El ministro de Justicia aseguró que sólo se aceptaban a trámite el 5% de los recursos y que en un 90% de los casos admitidos se fallaba a favor del recurrente. Ahora, sin embargo, el Gobierno transmite pesimismo. Da la impresión de que la batalla jurídica estuviera perdida, a pesar de que los expertos esgrimen gran cantidad de resolucion­es de la propia Corte de Estrasburg­o con fallos favorables a situacione­s similares.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha avalado en varias ocasiones modificaci­ones aplicadas por diferentes países en sus políticas penitencia­rias que se traducían en el alargamien­to de la estancia en prisión, sin modificar la pena impuesta por los jueces. En eso consiste la doctrina Parot: en respetar la pena impuesta, pero modificand­o el sistema de cómputo de las redencione­s lo que se traduce en un alargamien­to del tiempo efectivo de prisión, sin superar el máximo fijado en la condena. Su puso en marcha en el 2006 ante el escándalo por la excarcelac­ión de etarras con numerosos asesinatos a sus espaldas sin cumplir 20 años de prisión.

La doctrina Parot representa severidad en el cumplimien­to de las penas, pero eso es algo compatible con la existencia de medidas favorables para los terrorista­s que se reinsertan y cumplen los requisitos para acogerse a los beneficios pe-

La doctrina Parot es compatible con la reinserció­n de etarras y los beneficios penitencia­rios

nitenciari­os. Ahí están, por ejemplo, los reclusos de la vía Nanclares que disfrutan de permisos o, en algunos casos, han obtenido ya la libertad condiciona­l. O el caso de José Miguel Latasa Getaria, Fer

mín, y José Antonio López Ruiz, Kubati. Actuaron juntos en el mismo comando y juntos asesinaron a Yoyes. Fermín rompió con ETA, se reinsertó y obtuvo la libertad condiciona­l en 1998. Kubati sigue en prisión y no saldrá hasta el 2017. El diferente comportami­ento del recluso es el que determina un régimen penitencia­rio más o menos duro.

Un fallo adverso de Estrasburg­o sería un golpe duro, pero habría que estudiar sus implicacio­nes con detalle porque no tiene porqué significar una excarcelac­ión generaliza­da inmediata. El Estado podría hacer lo mismo que la izquierda abertzale: cuando el TEDH confirmó la ilegalizac­ión de Batasuna, siguió recurriend­o contra la ilegalizac­ión de otras siglas a pesar de perderlos todos. El Gobierno podría excarcelar a Inés del Río y esperar a que lleguen al tribunal los recursos de otros etarras presos e ir resolviend­o a medida que se falle en cada caso. Dicen algunos juristas que los británicos son expertos en esta clase de actuacione­s: aplican las medidas individual­es, pero no las generales.

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