Catalunya y la Unión Europea
La permanencia de una hipotética Catalunya independiente en la Unión Europea es una de las cuestiones más polémicas de estas elecciones, cosa muy comprensible porque puede tener repercusiones muy serias en la vida cotidiana de los ciudadanos. En las líneas que siguen voy a intentar ofrecer mi opinión, pero vaya por delante que no soy ningún experto en la materia y que gran parte de lo que sigue no pueden ser más que conjeturas, dada la falta de precedentes y de previsiones específicas en el tratado de la Unión Europea.
Se trata de un asunto de una gran complejidad, pero creo que hay algo que se puede afirmar sin demasiadas reservas: una hipotética Catalunya independiente no se convertiría de forma automática en un nuevo miembro de la Unión. Tendría que solicitarlo formalmente y obtener la aprobación de todos los estados miembros. Esto lo han dicho diversos dirigentes de la Unión con toda claridad y lo decía hace muy poco, en un magnífico artículo en El País, JeanClaude Piris, exdirector del Servicio Jurídico de la UE.
¿Quiere esto decir que Catalunya saldría de la Unión y se quedaría fuera? Ahí comienzan las incertidumbres. Por lo pronto, cabe imaginar que para que Catalunya saliera de la Unión se requeriría, paradójicamente, que España y la Unión reconocieran o admitieran su independencia de algún modo, ya que en caso contrario no habría motivo para que el derecho comunitario dejara de ser aplicable en Catalunya, al estimarse que continuaba formando parte de un Estado miembro.
Además, esta salida tampoco sería automática. Entrar en la Unión no es fácil, pero salir tampoco, porque lleva aparejadas cuestiones jurídicas muy vidriosas. El tratado sólo prevé la salida de un Estado de forma voluntaria (artículo 50), y establece un plazo de dos años, prorrogable, para negociar la futura relación de ese Estado con la Unión. Durante este periodo, el derecho comunitario sigue vigente.
Ningún régimen jurídico puede quedar derogado de la noche a la mañana si no es sustituido por otro. El derecho, como tantas otras cosas, aborrece el vacío. Por ello, cabe imaginar que la hipotética salida de Catalunya de la Unión, pese a no ser estrictamente voluntaria, seguiría el cauce establecido en este artículo, para evitar lagunas legales. Esto quiere decir que Catalunya tendría dos años para negociar su nueva relación con la Unión, es decir, su permanencia o no en el Espacio Económico Europeo, en Schengen, en el euro, etcétera.
Sobre esta negociación pesarían a mi juicio varios factores de forma poderosa. El primero, sin duda alguna, sería la presumible voluntad de algunos estados miembros de no dar ningún tipo de facilidades al nuevo Estado, para evitar contagios. Este factor supondría un serio obstáculo a la previsible voluntad de Catalunya de continuar vinculada a la Unión de forma tan estrecha como fuera posible. El segundo factor sería el hecho de que los catalanes son hoy ciudadanos de la Unión y mayoritariamente desean seguirlo siendo, y actuaría en sentido contrario, ya que, dejando de lado la cuestión de si ello supone algún tipo de derecho adquirido, despojar a los catalanes de la ciudadanía europea contra su voluntad chocaría con el espíritu europeo. El tercer factor es la vocación de la Unión de estrechar las relaciones entre los pueblos de Europa y de desarrollar relaciones preferentes con sus vecinos, que obraría en el mismo senti- do favorable a los hipotéticos intereses de Catalunya.
Dada la falta de precedentes, el peso de cada uno de estos factores dependería de la voluntad política de los estados miembros, y a su vez esta dependería de la forma en que se hubiera declarado la independencia y de la posición de España al respecto. Catalunya quedaría por un tiempo indefinido en una especie de limbo que podría oscilar entre casos tan distintos como Noruega, que es miembro del Espacio Económico Europeo y de Schengen, o las repúblicas balcánicas que aspiran al ingreso en la Unión. De estimarse que la independencia se había declarado de forma ilegal, resultaría muy difícil para los estados miembros apoyar la voluntad de Catalunya de continuar tan vinculada a la Unión
Despojar a los catalanes de la ciudadanía europea contra su voluntad chocaría con el espíritu europeo
como fuera posible, entre otros motivos porque Catalunya dejaría de cumplir al menos uno de los criterios establecidos en el tratado de la Unión para pertenecer a la misma, el respeto del Estado de derecho.
Así pues, todo ello remite de nuevo a la cuestión central del contencioso: la voluntad de una parte de los catalanes de separarse de España choca contra la Constitución española y contra el Estado de derecho. Si las próximas elecciones muestran que esa voluntad es mayoritaria –cosa hoy por hoy incierta–, cabe esperar que se abrirá un diálogo con el Gobierno actual o, más probablemente, con el que sea elegido tras las elecciones generales, para hallar un arreglo razonable. De ese diálogo dependerá todo, y no cabe esperar que Bruselas tenga ningún papel directo en el mismo, porque se trata de un asunto interno.