El Supremo impone cárcel a dos empresarios por dañar el ozono
Primera sentencia condenatoria por emisiones con efecto invernadero. El Tribunal Supremo ha condenado a dos años y medio de cárcel a dos empresarios que trituraron de forma ilegal y sin autorización administrativa 2.236 frigoríficos y liberaron a la atmósfera casi 3.400 toneladas de CO2, y provocaron un grave riesgo para el medio ambiente y el ser humano. Otras tres personas han sido condenadas a un año y dos meses de prisión.
El Alto Tribunal se ha pronunciado sobre la primera sentencia condenatoria por emisiones con efecto invernadero, que fue dictada por la Audiencia Provincial de Madrid. Este tribunal estableció condenas de hasta 4 años de cárcel que ahora han quedado rebajadas al eliminar el Supremo el agravante de clandestinidad.
El Supremo considera que los empresarios incumplieron la normativa sobre los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, ya que carecían de autorización para el tratamiento de residuos peligrosos. Además de los dos empresarios, Antonio Nieto Jaime y su hijo Antonio Nieto Medina, son condenados a 1 año y 2 meses de prisión el encargado de la empresa, Luciano Rocha Cupido, y dos responsables de esta que abastecían de frigoríficos a los primeros, Óscar David Sevillano Hernández y Félix Martín Pérez.
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio del Moral, destaca que existió un delito contra el medio ambiente y los recursos naturales por emisiones atmosféricas que dañan la capa de ozono, con grave riesgo para el ecosistema derivada de la persistencia en el tiempo de las emisiones (desde el año 2007 a 2010) y su volumen global.
Una de las empresas proveedoras de frigoríficos a los dos principales acusados actuaba en la planta de Valdemingómez como concesionaria del Ayuntamiento de Madrid, con el objeto de hacerse cargo, entre otros residuos, de la totalidad de los frigoríficos que procedían de los puntos limpios de la ciudad.