La Vanguardia

“La tasa debe pagarla el propietari­o, que es el infractor

ENTREVISTA A PABLO FEU, abogado y asesor jurídico de la O cina de l’Habitatge de Ciutat Vella

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Por qué hay tantos pisos vacíos en Barcelona? Realmente no lo sabemos, pero sí sabemos que entre 2007 y 2016 se ha producido un incremento de los desahucios hipotecari­os del 450%, pasando de 5.000 en 2007 a 20.000 en el primer trimestre de este año, según datos del Consejo General del Poder Judicial. Hoy nos encontramo­s con muchos pisos vacíos en la ciudad y con mucha gente en la calle sin una vivienda digna, lo que ha obligado a las administra­ciones públicas a actuar.

¿Puede obligarse a un propietari­o a alquilar o vender un piso vacío?

La Ley 18/2007 del Derecho a la Vivienda establece que el propietari­o de un piso –sea un particular o un gran tenedor, como una entidad bancaria– tiene un plazo de dos años para ponerlo a la venta o alquiler. La ley también dice que el consistori­o debe hacer todo lo que esté en sus manos para intentar que el piso se ocupe. Entre las medidas que apunta hay subvencion­es para la rehabilita­ción o la garantía municipal de que el propietari­o siempre cobrará la renta, entre otras.

¿Y si el propietari­o pre ere que el piso continúe vacío?

Una vez se le han ofrecido estas medidas, y el propietari­o pre ere mantener el piso desocupado, la ley establece que se le puede sancionar. Antes, el Ayuntamien­to debe realizar diferentes tareas administra­tivas y de investigac­ión –obtener datos que acrediten que el piso está desocupado desde hace dos años, realizar procedimie­ntos, inspeccion­es...– que tienen un coste que pagamos entre todos.

¿Es lógico que lo paguemos todos?

No, por eso el Ayuntamien­to de Barcelona, como han hecho otros consistori­os, ha establecid­o que sea el propietari­o, que es quien incumple la ley, quien pague los gastos para remediar la situación que ha generado. O sea, éste es quien debe pagar la tasa del servicio que el Ayuntamien­to está obligado a hacer –el de detección e inspección de pisos vacíos– para cumplir lo que establece la ley. El principio básico de toda tasa es que el coste de la actuación administra­tiva debe pagarla quien comete la infracción; un ejemplo muy claro es el de la grúa.

¿La grúa municipal?

Sí, cuando un coche comete una infracción, como estar mal aparcado, la grúa lo retira y el propietari­o del vehículo paga el coste de la actuación de la grúa –el sueldo del operario, la gasolina, etc., ya que es un coste para la administra­ción– y la multa por estar mal aparcado. Y lo mismo ocurre en el caso de los pisos desocupado­s, que el propietari­o debe pagar el coste de las actuacione­s administra­tivas.

¿Y cuál es el coste de la nueva tasa?

El del servicio, que en el caso de los pisos vacíos se ha establecid­o en 633 euros. No será una tasa anual, sino que se pagará una vez por piso.

La nueva tasa municipal, de 633 euros, se pagará sólo una vez y por cada piso desocupado

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