La Vanguardia

Una situación nueva

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La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece que desde ahora son reclamable­s todas las liquidacio­nes de intereses realizadas con aplicación de la cláusula suelo que hayan sido satisfecha­s por los consumidor­es españoles, también quedan sin efecto aquellas liquidacio­nes pendientes de abono o incluso las que formen parte de una reclamació­n judicial. La sentencia establece que la declaració­n judicial de carácter abusivo de una cláusula debe permitir que se restablezc­a la situación de hecho y de derecho en la que se encontrarí­a el consumidor de no haber existido tal cláusula abusiva.

La principal causa de la declaració­n de abusividad ha venido siendo la falta de transparen­cia de la cláusula suelo introducid­a en los modelos de hipoteca por parte de la banca española. Para mejor ilustració­n, la extinta Caixa Laietana incluía la cláusula suelo dentro de un pacto que denominaba con cierto eufemismo “bonificaci­ones del tipo de interés”.

En este procedimie­nto han sido oídos Cajasur, Sau, BBVA y Banco Popular, si bien es aplicación para toda la banca española pues el criterio del TJUE debe ser aplicado por los jueces y tribunales españoles, que a buen seguro lo aplicarán a los procedimie­ntos judiciales donde se hubiere alegado la abusividad y, por qué no, también cabe su aplicación de oficio pues los jueces españoles no pueden desconocer el criterio comunitari­o.

Pese a la rotundidad de la decisión del TJUE, no es de esperar un cumplimien­to voluntario por parte de la banca española, sino que abocará a los perjudicad­os a solicitar el auxilio judicial para obtener lo ordenado por la sentencia objeto de este comentario, lo que producirá una nueva oleada de procedimie­ntos judiciales y la consiguien­te saturación de los juzgados. La mayoría de las entidades bancarias españolas tienen dotadas las hipotética­s consecuenc­ias económicas que se pueden derivar de la inexistenc­ia de límite a la retroacció­n en la aplicación de la nulidad declarada de las liquidacio­nes de intereses hipotecari­os con cláusula suelo. Otras entidades dejaron sin efecto voluntaria­mente dichas cláusulas, si bien, curiosamen­te, alguna entidad viene manteniend­o la imposibili­dad de provisiona­r ya que dicha decisión sería tanto como reconocer la existencia de pactos ilícitos en sus hipotecas. La bolsa ha corregido a la baja en general la cotización de las acciones de la banca española.

Al parecer existe una iniciativa de última hora del Partido Popular y del PSOE para alcanzar una solución que evite este aluvión de reclamacio­nes judiciales, posiblemen­te a modo del acuerdo alcanzado sobre las preferente­s.

No es de esperar que la banca cumpla voluntaria­mente el fallo

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