Proceso en suspenso
Guía sobre la actuación del Constitucional ante el soberanismo
El Tribunal Constitucional es un actor activo en el proceso soberanista. No hay paso del independentismo desde el Govern o el Parlament al que no le siga la huella del tribunal.
Declaración de soberanía.
La resolución del Parlament de enero del 2013 fue recurrida por el Gobierno y suspendida. La sentencia llegó en marzo del 2014 y aunque declaraba inconstitucional la atribución de soberanía a Catalunya como sujeto político sí se admitía las referencias al “derecho a decidir de los ciudadanos de Catalunya”, siempre que se vehicularan en los márgenes impuestos en la Constitución. Esa sentencia rompe con la línea de actuación del TC de intervenir sobre textos legislativos y no entrar a juzgar declaraciones políticas.
La consulta del 9-N.
El 27 de septiembre del 2014 Artur Mas firmó el decreto de convocatoria de la consulta que debía celebrarse el 9 de noviembre siguiente. El Constitucional suspendió el decreto –declarado inconstitucional y nulo después– y la consulta se convirtió en proceso de participación. La sentencia (junio de 2015) lo declaróinconstitucional. En paralelo, tras titubeos iniciales, la Fiscalía presentó una querella contra Mas, Joana Ortega e Irene Rigau por desobediencia y prevaricación. Esa causa llegará a juicio el próximo 6 de febrero en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y tendrá su réplica en el Tribunal Supremo, por Francesc Homs, actual diputado en el Congreso.
La Agencia Tributaria catalana.
En junio del 2015 se suspende y se anulan en julio del 2016 disposiciones de la ley de acompañamiento de los presupuestos. Son la creación de una administración tributaria de Catalunya, el catálogo de infraestructuras estratégicas o la creación de un servicio meteorológico. Sí se
acepta la creación de una Agencia Catalana de Protección Social y la elaboración de un inventario del patrimonio, activos y pasivos de las administraciones públicas de Catalunya, siempre que no se refiera a la Administración general del Estado.
Comisionado para la transición.
En julio del 2015 se suspende el Comisionado para la Transición Nacional, cargo que ocupó Carles Viver Pi-Sunyer, actual director del Institut d’Estudis de l’Autogovern de la Generalitat de Catalunya. También se suspenden los planes para la Preparación de las Estructuras de Estado y de Infraestructuras Energéticas. No hay sentencia.
La resolución de desconexión.
La conflictividad arrecia nada más arrancar la actual legislatura. El orden del día del primer pleno ya concita un recurso de
amparo presentado por C’s, PSC y PP contra acuerdos de la Mesa del Parlament. El TC no frena el pleno del 9 de noviembre del
2015 a pesar del “riesgo” de que se aprobara una resolución de “desconexión” pero el pasado junio reprendió a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, por actuar de forma “irregular, por premura”. En la sesión se aprobó la declaración de “inicio del proceso político” hacia la independencia con los votos de Junts pel Sí y la CUP. En diciembre el tribunal la declaró inconstitucional, anexo con plan social incluido. Esa sentencia provoca la primera notificación personalizada a los miembros del Consell Executiu, todavía presidido por Mas, y la Mesa del Parlament.
Comisión de estudio.
Con esa sentencia arranca la serie de incidentes de ejecución instados por el Gobierno en torno al proceso soberanista. El TC estimó por unanimidad la petición del Gobierno contra la resolución del 20 de enero que crea la Comisión de Estudio del Proceso Constituyente. Se considera que la comisión podría ser entendida como “un intento de dar apariencia de validez al denominado proceso constituyente”, cuya inconstitucionalidad
fue declarada en diciembre del 2015. Esta resolución, de julio,, supuso una
nueva notificación al Govern y
al Parlament alertando del riesgo de incurrir en un delito de desobediencia. Los trabajos de la comisión no se paran y el 27 de julio, tras varios incidentes en las reuniones de la Mesa, el pleno aprueba sus conclusiones.
La Fiscalía entra en juego.
El Gobierno presenta un nuevo incidente de ejecución de sentencia, el TC suspende la votación del pleno del Parlament y
activa, por primera vez, las medidas coercitivas que le concede la nueva ley del Alto Tribunal contra los miembros de la Mesa en una nueva notificación personalizada. El 6 de octubre, el tribunal traslada a la Fiscalía la causa para que determine si la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, incurrió en un delito de desobediencia. El ministerio público así lo entiende y presenta la querella que ahora tramita el TSJC.
El referéndum.
El mismo día, el Parlament aprueba una resolución en el debate de política general que incluye la previsión de la convocatoria de un referéndum sobre la independencia en 2017. También se insta al Govern a prever una partida presupuestaria para llevarlo a cabo. El Gobierno impulsa otro incidente de ejecución de sentencia. El día 14, con
la suspensión cautelar ordenada por el TC, llega la última notificación personal a los miembros del Govern y la Mesa del Parlament recordando de las “eventuales responsabilidades, incluida la penal,” en las que podrían incurrir si incumplen el deber de “impedir o paralizar” cualquier iniciativa que derive de la anulada resolución de desconexión de noviembre del 2015. En paralelo se abre un nuevo proceso contra los miembros de la mesa de Junts pel Sí y Catalunya Sí que es Pot por si hubo delito de desobediencia. La Fiscalía puede ahora decidir presentar una querella y la causa iría también al TSJC.