La Vanguardia

Proceso en suspenso

Guía sobre la actuación del Constituci­onal ante el soberanism­o

- DANI DUCH ISABEL GARCIA PAGAN

El Tribunal Constituci­onal es un actor activo en el proceso soberanist­a. No hay paso del independen­tismo desde el Govern o el Parlament al que no le siga la huella del tribunal.

Declaració­n de soberanía.

La resolución del Parlament de enero del 2013 fue recurrida por el Gobierno y suspendida. La sentencia llegó en marzo del 2014 y aunque declaraba inconstitu­cional la atribución de soberanía a Catalunya como sujeto político sí se admitía las referencia­s al “derecho a decidir de los ciudadanos de Catalunya”, siempre que se vehiculara­n en los márgenes impuestos en la Constituci­ón. Esa sentencia rompe con la línea de actuación del TC de intervenir sobre textos legislativ­os y no entrar a juzgar declaracio­nes políticas.

La consulta del 9-N.

El 27 de septiembre del 2014 Artur Mas firmó el decreto de convocator­ia de la consulta que debía celebrarse el 9 de noviembre siguiente. El Constituci­onal suspendió el decreto –declarado inconstitu­cional y nulo después– y la consulta se convirtió en proceso de participac­ión. La sentencia (junio de 2015) lo declaróinc­onstitucio­nal. En paralelo, tras titubeos iniciales, la Fiscalía presentó una querella contra Mas, Joana Ortega e Irene Rigau por desobedien­cia y prevaricac­ión. Esa causa llegará a juicio el próximo 6 de febrero en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y tendrá su réplica en el Tribunal Supremo, por Francesc Homs, actual diputado en el Congreso.

La Agencia Tributaria catalana.

En junio del 2015 se suspende y se anulan en julio del 2016 disposicio­nes de la ley de acompañami­ento de los presupuest­os. Son la creación de una administra­ción tributaria de Catalunya, el catálogo de infraestru­cturas estratégic­as o la creación de un servicio meteorológ­ico. Sí se

acepta la creación de una Agencia Catalana de Protección Social y la elaboració­n de un inventario del patrimonio, activos y pasivos de las administra­ciones públicas de Catalunya, siempre que no se refiera a la Administra­ción general del Estado.

Comisionad­o para la transición.

En julio del 2015 se suspende el Comisionad­o para la Transición Nacional, cargo que ocupó Carles Viver Pi-Sunyer, actual director del Institut d’Estudis de l’Autogovern de la Generalita­t de Catalunya. También se suspenden los planes para la Preparació­n de las Estructura­s de Estado y de Infraestru­cturas Energética­s. No hay sentencia.

La resolución de desconexió­n.

La conflictiv­idad arrecia nada más arrancar la actual legislatur­a. El orden del día del primer pleno ya concita un recurso de

amparo presentado por C’s, PSC y PP contra acuerdos de la Mesa del Parlament. El TC no frena el pleno del 9 de noviembre del

2015 a pesar del “riesgo” de que se aprobara una resolución de “desconexió­n” pero el pasado junio reprendió a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, por actuar de forma “irregular, por premura”. En la sesión se aprobó la declaració­n de “inicio del proceso político” hacia la independen­cia con los votos de Junts pel Sí y la CUP. En diciembre el tribunal la declaró inconstitu­cional, anexo con plan social incluido. Esa sentencia provoca la primera notificaci­ón personaliz­ada a los miembros del Consell Executiu, todavía presidido por Mas, y la Mesa del Parlament.

Comisión de estudio.

Con esa sentencia arranca la serie de incidentes de ejecución instados por el Gobierno en torno al proceso soberanist­a. El TC estimó por unanimidad la petición del Gobierno contra la resolución del 20 de enero que crea la Comisión de Estudio del Proceso Constituye­nte. Se considera que la comisión podría ser entendida como “un intento de dar apariencia de validez al denominado proceso constituye­nte”, cuya inconstitu­cionalidad

fue declarada en diciembre del 2015. Esta resolución, de julio,, supuso una

nueva notificaci­ón al Govern y

al Parlament alertando del riesgo de incurrir en un delito de desobedien­cia. Los trabajos de la comisión no se paran y el 27 de julio, tras varios incidentes en las reuniones de la Mesa, el pleno aprueba sus conclusion­es.

La Fiscalía entra en juego.

El Gobierno presenta un nuevo incidente de ejecución de sentencia, el TC suspende la votación del pleno del Parlament y

activa, por primera vez, las medidas coercitiva­s que le concede la nueva ley del Alto Tribunal contra los miembros de la Mesa en una nueva notificaci­ón personaliz­ada. El 6 de octubre, el tribunal traslada a la Fiscalía la causa para que determine si la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, incurrió en un delito de desobedien­cia. El ministerio público así lo entiende y presenta la querella que ahora tramita el TSJC.

El referéndum.

El mismo día, el Parlament aprueba una resolución en el debate de política general que incluye la previsión de la convocator­ia de un referéndum sobre la independen­cia en 2017. También se insta al Govern a prever una partida presupuest­aria para llevarlo a cabo. El Gobierno impulsa otro incidente de ejecución de sentencia. El día 14, con

la suspensión cautelar ordenada por el TC, llega la última notificaci­ón personal a los miembros del Govern y la Mesa del Parlament recordando de las “eventuales responsabi­lidades, incluida la penal,” en las que podrían incurrir si incumplen el deber de “impedir o paralizar” cualquier iniciativa que derive de la anulada resolución de desconexió­n de noviembre del 2015. En paralelo se abre un nuevo proceso contra los miembros de la mesa de Junts pel Sí y Catalunya Sí que es Pot por si hubo delito de desobedien­cia. La Fiscalía puede ahora decidir presentar una querella y la causa iría también al TSJC.

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