La banca deberá informar de riesgos y condiciones relevantes de las hipotecas
El anteproyecto de la ley hipotecaria llegará al Congreso en las próximas semanas
El Gobierno dio ayer el penúltimo paso antes de llevar al Congreso la reforma de la ley hipotecaria con el estudio en el Consejo de Ministros de un informe sobre el anteproyecto de ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. Este trámite era obligado porque el Ejecutivo lleva retraso en la transposición de la directiva comunitaria correspondiente a este asunto y porque –tras las últimas sentencias judiciales y la alarma social desatada– se comprometió a legislar para clarificar un mercado vital para el funcionamiento de la economía.
La intención del Gobierno –que no cuenta con mayoría en el Congreso, por lo que deberá pactar la ley– es que el anteproyecto empiece a discutirse a principios de marzo. Entre las novedades más destacadas se encuentra el hecho de que los consumidores recibirán una Ficha de Advertencia Estandarizada (FiAE) a la hora de firmar un préstamo hipotecario en la que se les informará de la existencia de las cláusulas o elementos relevantes que contenga y de los riesgos que estén asociados a ellas. Entre estas cláusulas se encuentran las cláusulas suelo, la posibilidad de vencimiento anticipado, la distribución de gastos asociados a la concesión del préstamo y préstamos en divisas.
En su diseño actual, la nueva ley se divide en tres bloques: en el primero, se fijarán las normas de conducta del proceso de elaboración, promoción, comercialización y contratación de los préstamos; el segundo incluirá las medidas de transparencia de la fase de contratación, y, por último, en el tercer apartado se especificarán las obligaciones de los notarios y los registradores.
Con el fin de garantizar la transparencia, el proyecto de ley obligará a las entidades a ofrecer a los clientes un documento con referencias especiales de las cuotas periódicas
El Gobierno pretende que haya un modelo de contrato estándar disponible para las entidades y usuarios
que satisfacer en diferentes escenarios de evolución de los tipos de interés en el caso de que el préstamo sea a tipo variable. Tras la polémica surgida por el abono de los gastos hipotecarios, la normativa contempla la obligación de ofrecer información desglosada al prestatario de todos los gastos asociados a la firma. Se dispondrá de un modelo de contrato de préstamo inmobiliario, regulado en norma reglamentaria, que las entidades y los consumidores podrán utilizar de forma voluntaria.
El texto tiene previsto regular por primera vez el derecho del consumidor a convertir un préstamo denominado en moneda extranjera a la moneda en la que el prestatario reciba sus ingresos o a la del Estado miembro en el que resida, “como mecanismo de cobertura y protección frente al riesgo de cambio”. También se regulará la figura de los intermediarios de los préstamos inmobiliarios. Conforme a la ley, el prestamista tendrá que entregar al prestatario una ficha normalizada con todas las características del préstamo antes de contratarlo, que tendrá carácter de oferta vinculante durante el plazo de siete meses.