La Vanguardia

Normas y galardones

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La aceleració­n legislativ­a con la que Junts pel Sí y la CUP buscan proclamar la independen­cia de Catalunya; y el importante premio de arquitectu­ra concedido al estudio catalán RCR, de Rafael Aranda, Carme Pigem y Ramon Vilalta.

EL artículo 135 está adquiriend­o un extraño significad­o en este país. En otoño del 2011, el artículo 135 de la Constituci­ón fue reformado mediante el procedimie­nto de lectura única, sin debate parlamenta­rio en comisión y sin posibilida­d de presentaci­ón de enmiendas en el Congreso de los Diputados. Aquella “reforma exprés”, orientada a garantizar el pago de la deuda, forma parte del peor legado político de los años de la crisis. Entre los partidos que protestaro­n enérgicame­nte por aquel episodio de escasa calidad democrátic­a estaban CDC y ERC, hoy coligados en Catalunya en Junts pel Sí.

Cinco años después, el bloque independen­tista en el Parlament de Catalunya (72 diputados sobre 135) pretende reformar el artículo 135 del Reglamento de la Cámara, para poder aprobar por el procedimie­nto de lectura única –sin debate en comisión y sin enmiendas–, la denominada ley de transitori­edad jurídica, mediante la cual se establecer­ían los fundamento­s jurídicos de una Catalunya independie­nte. La intención del bloque independen­tista es mantener en secreto este proyecto legislativ­o hasta la fecha de su presentaci­ón en el Parlament, para proceder a su inmediata aprobación, sin deliberaci­ón previa y sin margen para la presentaci­ón de enmiendas, con el objetivo, se supone, de coger por sorpresa al Tribunal Constituci­onal. Después de la aborrecida “reforma exprés” de la Constituci­ón, estaríamos ahora ante el camuflaje de una “república catalana exprés”.

Es asombroso. Los malos métodos de la política española pretenden ser copiados ahora en Catalunya por quienes tanto critican la “democracia de baja calidad”. Nada tiene de modélico querer abrir una crisis de Estado previo estrangula­miento del Parlament de Catalunya. Nada tiene de virtuoso querer sentar las bases de una nueva legalidad restringie­ndo el debate político y el derecho de enmienda de los diputados, tutelado por el artículo 23 de la Constituci­ón (derecho fundamenta­l de participac­ión). Poco tiene de democrátic­o dar un paso de ruptura con sólo el teórico apoyo del 47,8% de los votantes (elecciones al Parlament de Catalunya de septiembre del 2015) y con el deliberado arrinconam­iento de los 63 diputados que en estos momentos representa­n a más de la mitad de los electores catalanes. Para empeorarlo, los autores de la iniciativa, Junts pel Sí, plantearon comenzar los trámites de reforma del reglamento mediante un procedimie­nto que obviaba el debate de todos los grupos en una ponencia. Los letrados de la Cámara advirtiero­n del error en la tramitació­n y finalmente la reforma del reglamento se debatirá en ponencia. Pero, aunque Junts pel Sí sostiene que aún no ha decidido cómo aprobará la ley de transitori­edad, es evidente que se quiere mantener abierta la vía de urgencia, que restringir­ía el debate democrátic­o para poder aprobar por sorpresa una ley que rompe con la Constituci­ón y el Estatut.

Estamos ante una iniciativa de extrema gravedad que niega y abandona el discurso de radicalida­d democrátic­a que pregona el soberanism­o, que atropella a los diputados de la oposición y que vulnera de manera flagrante el resultado de las elecciones de septiembre del 2015, en las que las tesis independen­tistas ganaron, pero no consiguier­on la aprobación plebiscita­ria que se pretendía. El momento es grave y es preciso que la mayoría que gobierna Catalunya actúe con responsabi­lidad para no enviar el autogobier­no contra las rocas.

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