Andorra tipifica el delito fiscal por primera vez en su historia
El Consejo de Ministros de Andorra aprobó ayer la tipificación del delito fiscal, como sucede en la mayoría de los países desarrollados, por primera vez en su historia. Con la nueva legislación se considerará delito fiscal a partir de 50.000 euros mientras que el periodo de prescripción será de diez años.
En un comunicado de prensa el Govern d’Andorra indicó que la medida persigue “adaptarse a los estándares internacionales y favorecer la lucha contra el blanqueo y el terrorismo”. El delito fiscal agravado será cuando el importe defraudado supere los 150.000 euros o cuando los hechos se enmarquen en una organización criminal. Según el redactado de la ley sólo el delito fiscal agravado comportará delito de blanqueo.
Así mismo, el Gobierno ha ampliado la tipificación del delito de contrabando a cualquier tipo de mercancías y no sólo a las considerables “sensibles” como sucedía hasta ahora. También se ha hecho más clarificadora la consideración de terroristas.
En relación con la lucha contra el blanqueo de capitales, el proyecto de ley dota al ministerio fiscal de la potestad de obtener información sobre cualquier entidad financiera o persona física y jurídica sometida al secreto profesional.
El objetivo del Ministerio de Finanzas que dirige Jordi Cinca y que ha impulsado el proyecto es que esté listo en el actual periodo de sesiones.