La Vanguardia

La unión se rompe al pedirlo uno de los miembros

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La pareja estable, al igual que ocurre con el matrimonio convencion­al, podrá romperse con la sola petición de cualquiera de sus miembros. Todo se basa en el libro segundo del Código Civil de Catalunya. El único requisito establecid­o, cuando uno de los integrante­s de la pareja pide romper la unión, es que la otra parte sea avisada de esas intencione­s. También se dará por extinguida la pareja estable si hay un cese de la convivenci­a, fallece alguno de los miembros o uno de ellos decidiera contraer matrimonio con otra persona por la vía convencion­al. En el caso de uniones que ya estén inscritas como pareja de hecho en un Ayuntamien­to, esa anotación no comporta la inscripció­n inmediata en el nuevo registro de la Generalita­t. Es necesario que los miembros de esa pareja informen de la situación para acreditar la existencia de esa unión y determinar que es estable. Si el compromiso se ha hecho ante notario, la pareja deberá aportar también esa documentac­ión al registro para que conste esa unión en la nueva lista única para toda Catalunya. La inscripció­n en el registro de parejas estables es imprescind­ible para que los miembros de esas uniones puedan acogerse a todos sus derechos. Extremo que tiene vital importanci­a para el cobro de pensiones de viudedad. De lo contrario, se pueden dar situacione­s como la sufrida por Pilar Muñoz, vecina de Terrassa. Esta mujer cobra poco más de 200 euros de pensión de viudedad por los ocho años que estuvo casada, pero no le han reconocido, a la hora de fijar la cuantía que le correspond­ería por la convivenci­a, otros ocho que vivió con esa misma pareja sin estar registrada en ningún sitio.

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