El fiscal se opone a suspender la condena al exdiputado
La Fiscalía se ha manifestado en contra de todas las peticiones formuladas al Tribunal Supremo (TS) por el exportavoz del PDECat, Francesc Homs, tras su reciente condena por su participación en la convocatoria y desarrollo del 9-N. En un primer informe, el fiscal ha solicitado al Supremo que no suspenda la ejecución de la pena de un año y un mes de inhabilitación impuesta a Homs por un delito de desobediencia al Tribunal Constitucional (TC).
El exconseller de Presidència pidió a la Sala Penal la suspensión de su condena porque va a presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC). Su principal argumento era que la pérdida de la condición de diputado resultaría irreversible si luego ese recurso prosperara. El fiscal, en cambio, estima que no se han alegado “razones que justifique la adopción de una excepcional medida de suspensión” y que, por otra parte, esta medida sería en todo caso “competencia del Tribunal Constitucional en el marco de un procedimiento de amparo”.
Por otra parte, Homs presentó un recurso de aclaración en el que solicitaba que se le precisase si le cabe la posibilidad de desempeñar un cargo en instituciones europeas, o si podría asumir una tarea de asesoramiento en alguna de las administraciones públicas. El fiscal también considera que el Supremo debe responder negativamente a ambas cuestiones. Respecto a la primera, argumenta que la pena de inhabilitación especial, que es la impuesta a Homs, “alcanza a las funciones de eurodiputado al Parlamento Europeo” o a cualquier otro de los que “se desempeñan en instituciones europeas”.
La Fiscalía añade que “la finalidad de la pena impuesta” se vería “burlada mediante una interpretación que excluyera de la inhabilitación” el ejercicio de funciones públicas “por el solo hecho de que se ejerzan en instituciones internacionales en la que se ven afectados los intereses nacionales”. El fiscal subraya que la condena se relaciona “con el ejercicio desviado por el acusado de la función pública”. Y añade que la inhabilitación impide ejercer “funciones de gobierno”, expresión que a su juicio “es clara” y “no precisa aclaración, ni es factible establecer un catálogo de puestos vedados por la pena”. La Fiscalía también se opone a que el fallo diga que Homs fue absuelto de prevaricación, porque esta “se halla absorbida por la desobediencia”, de modo que se condenó “por el delito prevalente sin que se absuelva por el delito absorbido”.