Cinco normas básicas
Informar al paciente
El enfermo de cáncer se encuentra especialmente vulnerable por la incertidumbre y por enfrentarse a tratamientos complejos y a veces agresivos. Así que si acude a un médico que ofrece técnicas complementarias fuera de lo validado por la comunidad científica, los colegios de médicos de Catalunya exigen que se proporcione información clara, comprensible rigurosa y prudente a ese paciente acerca de en qué consiste, en qué conocimiento se basa y cuál es el resultado previsto. Y sin suscitar falsas esperanzas.
Coordinados
También es deber del médico que oferte prácticas no convencionales coordinarse, o al menos informar al oncólogo, o al médico que lleve al paciente con terapias validadas, acerca de qué le da, en qué dosis y con qué fin, por si esa técnica complementaria interfiriera en el tratamiento. Lo deseable es que las terapias complementarias se integren en el mismo equipo asistencial, para que puedan ser evaluadas y porque no siempre son inocuas.
Deber de formación
Los tratamientos oncológicos evolucionan constantemente y es obligación del médico estar formado y actualizado en ese conocimiento para tratar adecuadamente a los pacientes. Un médico no puede utilizar procedimientos ni prescribir medicamentos con los que no esté debidamente familiarizado o que no estén basados en evidencia científica o clínica, aunque el paciente lo pida.
Derivar a quien sepa
Si un médico de terapias complementarias detecta un tumor, es su obligación derivar al paciente al especialista que conoce los procedimientos más avanzados validados y, si interviene en su tratamiento, es su deber insistir al paciente en la necesidad de no abandonar.
Explotar la angustia
En ningún caso se puede explotar ni abusar de la angustia del paciente ni, por supuesto, actuar con exclusivo ánimo de lucro. Tampoco puede promover su actividad mediante falsas esperanzas en páginas en internet.