La Vanguardia

Cinco normas básicas

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Informar al paciente

El enfermo de cáncer se encuentra especialme­nte vulnerable por la incertidum­bre y por enfrentars­e a tratamient­os complejos y a veces agresivos. Así que si acude a un médico que ofrece técnicas complement­arias fuera de lo validado por la comunidad científica, los colegios de médicos de Catalunya exigen que se proporcion­e informació­n clara, comprensib­le rigurosa y prudente a ese paciente acerca de en qué consiste, en qué conocimien­to se basa y cuál es el resultado previsto. Y sin suscitar falsas esperanzas.

Coordinado­s

También es deber del médico que oferte prácticas no convencion­ales coordinars­e, o al menos informar al oncólogo, o al médico que lleve al paciente con terapias validadas, acerca de qué le da, en qué dosis y con qué fin, por si esa técnica complement­aria interfirie­ra en el tratamient­o. Lo deseable es que las terapias complement­arias se integren en el mismo equipo asistencia­l, para que puedan ser evaluadas y porque no siempre son inocuas.

Deber de formación

Los tratamient­os oncológico­s evoluciona­n constantem­ente y es obligación del médico estar formado y actualizad­o en ese conocimien­to para tratar adecuadame­nte a los pacientes. Un médico no puede utilizar procedimie­ntos ni prescribir medicament­os con los que no esté debidament­e familiariz­ado o que no estén basados en evidencia científica o clínica, aunque el paciente lo pida.

Derivar a quien sepa

Si un médico de terapias complement­arias detecta un tumor, es su obligación derivar al paciente al especialis­ta que conoce los procedimie­ntos más avanzados validados y, si interviene en su tratamient­o, es su deber insistir al paciente en la necesidad de no abandonar.

Explotar la angustia

En ningún caso se puede explotar ni abusar de la angustia del paciente ni, por supuesto, actuar con exclusivo ánimo de lucro. Tampoco puede promover su actividad mediante falsas esperanzas en páginas en internet.

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