La Vanguardia

Principale­s recomendac­iones

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Nombramien­to. El reglamento del consejo o el de la propia comisión de auditoría debe recoger los criterios para el nombramien­to de sus miembros.

Conocimien­tos. Se exige un conocimien­to de la normativa contable o de auditoría, criterio para valorar la aplicación de las normas, experienci­a en tratar sobre los estados financiero­s y comprensió­n de los mecanismos de control.

Reglamento. La comisión debe contar con un reglamento y se recomienda que se cuelgue en la web de la empresa.

Acceso a los datos. El consejo de administra­ción y la dirección son responsabl­es de que la comisión pueda tener informació­n adecuada, oportuna y suficiente para su trabajo.

Dedicación. Se aconseja que la comisión se reúna al menos cuatro veces al año.

Recursos. La comisión de auditoría debe gastar el dinero suficiente para buscar el asesoramie­nto externo que precise en cada momento.

Remuneraci­ón. La retribució­n debe ser suficiente, pero en ningún caso exagerada para no compromete­r la independen­cia y objetivida­d de los miembros de la comisión de auditoría.

Relación con el auditor. La guía de la CNMV pauta el proceso de selección del auditor, debe velar por su independen­cia y trabajar estrechame­nte con él.

Otras funciones. La comisión de auditoría puede supervisar también el cumplimien­to de las normas de gobierno corporativ­o. En ese caso, debe incorporar a especialis­tas en la materia.

Rendición de cuentas. La comisión tiene que informar de sus trabajos, del número de reuniones mantenidas y opinar acerca de la independen­cia del auditor.

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