Luz verde judicial a las estelades
El mismo juez que en mayo del año pasado autorizó la presencia de estelades en el Vicente Calderón, durante la final de Copa entre el Barça y el Sevilla, ha dictado ahora sentencia sobre el fondo de aquella controversia, llegando a la conclusión de que la exhibición de tales símbolos forma parte del derecho a la libertad de expresión. El fallo es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid (TSJCM), pero se trata de un pronunciamiento judicial importante, porque no tiene nada de improvisado, está bien construido y se basa en un detallado análisis de la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS) y del Tribunal Constitucional (TC) sobre los derechos fundamentales proclamados por la Constitución.
El titular del juzgado de lo mercantil número 11, Jesús Torres Martínez, ya aprobó en mayo del 2016 unas medidas cautelares que impidieron que se siguieran las órdenes dadas por la delegada del Gobierno en Madrid, Concepción Dancausa, para prohibir las estelades en dicha final. Pero quedó pendiente resolver sobre el núcleo del asunto, aparte de solucionar la polémica puntual planteada. Ahora, en su sentencia, el juez considera que la instrucción de la delegada del Gobierno vulneró dos derechos básicos reconocidos a los ciudadanos por la Constitución. Se trata del derecho de libertad ideológica y el ya mencionado a la libertad de expresión, recogidos respectivamente en los artículos 16 y 20 de la Carta Magna.
La resolución razona que “es consustancial a nuestro Estado de derecho el valor del pluralismo político”, que se manifiesta “a través de la libertad de expresión de los ciudadanos/as libres e iguales”. El juez estima que “se trata de una expresión ciudadana de carácter político que puede suscitar múltiples opiniones contrarias”, pero que “exigen mutuo respeto, condición indispensable para lograr la convivencia democrática”.
LA RESOLUCIÓN El juez estima que exhibir estelades es un ejercicio de libertad de expresión y de libertad ideológica