La Vanguardia

Vientres de alquiler

- Norbert Bilbeny

La opción de alquilar el vientre de otra mujer no es la forma más feliz ni recomendab­le de tener un hijo. Hay serios motivos para rechazarla. Pero más pronto que tarde habrá que legislar sobre esta práctica social cada vez más extendida y que además es legal en varios países. Se la llama “maternidad subrogada” y forma parte del conjunto de la “reproducci­ón asistida”. Regular por ley no es promover, ni menos tener que compartir.

Está en juego la dignidad de la persona, sobre todo la de la mujer embarazada, que por necesidad económica, la mayoría de las veces, acaba cediendo su útero para albergar en él a un ser que deberá devolver en nueve meses. Se trata de otra forma de explotació­n. Creo que para la gran mayoría esto es desagradab­le, si no difícil de entender. Apelamos a la dignidad y también a la naturaleza para mostrar nuestra desaprobac­ión moral. En España, el comité de Bioética, en un reciente informe, rechaza con cautela la gestación subrogada.

Desde un punto de vista ético hay en este asunto dos principios involucrad­os. Uno, el respeto a la sacralidad (no venalidad) de la vida humana: por eso no es lícito vender embriones, niños, órganos, sangre. El otro es el respeto a la dignidad moral de la persona, que tiene un valor en sí; no es un instrument­o ni tiene precio. En nuestro caso deberemos conjugar estos dos principios con la libertad de los adultos implicados (el o la demandante de criatura y la mujer gestante) y al mismo tiempo los derechos de un tercero: el nuevo ser a la luz. Queda excluida por lo tanto la subrogació­n en los siguientes casos: como alternativ­a al embarazo viable; como mero contrato de arrendamie­nto de servicios; como causa económica de reclamació­n de derechos por los padres comitentes; como privación del derecho de la gestante sobre su hijo; como impediment­o para que este pueda conocer la identidad tanto de la gestante como de la donante, si esta no lo recupera.

La madre de alquiler no es madre genética, pero sí uterina. Es madre; ella da a luz, pare, y es tan biológica como la otra. Un útero no es un simple espacio de transferen­cia: ha albergado nueve meses de metabolism­o, emociones y psicología que condiciona­rán todos los siguientes. La maternidad subrogada puede ser legal si se respetan los requisitos éticos anteriores. En resumen, la libertad del adulto, los derechos del niño y el reconocimi­ento de la gestante como madre uterina. Se subroga la gestación, no la maternidad.

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