El choque de la justicia y las emociones
El caso de Juana Rivas llega a su punto álgido tras un recorrido en el que sentimientos y ley avanzan por separado
El ultimátum dado a Juana Rivas por un juez de Granada expira en poco más de veinticuatro horas. Juana debe de entregar mañana a sus dos hijos de 11 y 3 años a su padre, Francesco Arcuri. El hombre al que esta mujer ha denunciado en al menos dos ocasiones por malos tratos. Es el último capítulo, no el final, de una historia en la que Justicia y emociones discurren por sendas separadas. El calor humano y apoyo social y político recibido en los últimos meses por Juana –que no ha dudado en desobedecer en reiteradas ocasiones a los jueces convencida de que así mantiene a salvo a sus hijos– choca con la firmeza y reiteración en sus argumentos de unos profesionales de la Justicia que aseguran, por su parte, deberse a lo que establece el marco legal.
El calvario narrado por Juana Rivas se remonta al año 2009. Presentó una denuncia por malos tratos contra Francesco Arcuri (la pareja vivía entonces en Granada) y el hombre reconoció los hechos. Aceptó de conformidad una condena de tres meses y un año de alejamiento por un delito de lesiones. Un episodio cuya relevancia nadie pone en duda como argumento de esta mujer que clama para impedir el contacto de sus hijos con un maltratador confeso, pero que tal y como indica el magistrado Joaquim Bosch, miembro de Jueces para la Democracia, carece en la actualidad de base jurídica. Son unos antecedentes penales ya cancelados.
Juana y Francisco retomaron su relación (sin esperar a que expirara la orden de alejamiento) y la pareja se fue a vivir a Italia. Así que todo lo que ha pasado desde entonces en ese país compete resolverlo a la justicia italiana. Allí nació su segundo hijo, de 3 años, y fue también en Italia donde Juana dio el paso que le ha llevado hasta la actual situación.
Hace ahora un año Juana regresó a España acompañada por sus dos hijos. El padre de los niños no se opuso a ese viaje convencido, asegura ahora el hombre, de que su familia volvería a Italia. Pero no fue así y al poco de reinstalarse en Granada, Juana Rivas presentó una segunda denuncia contra Francisco por malos tratos. Aseguró que su vida en tierras italianas, desde la reconciliación, había sido todo un infierno.
Esa segunda denuncia por malos tratos sigue sin resolverse, un año después de su presentación. Diferentes juristas coinciden en que esta circunstancia se debe a que ningún juzgado de España tiene jurisdicción para resolver unos hechos que han ocurrido en Italia. Lo que sí habría tenido que hacer el juzgado de Granada es trasladar de inmediato esa denuncia a Italia. Algo –no queda claro el por qué– que en este caso no se hizo dentro de los plazos razonables que marca la ley.
Llegados a este punto, a Francisco Arcuri le bastó, para que se abriera un ilícito civil en su país, hacer saber a las autoridades italianas que su esposa había huido a España con sus dos hijos. Se puso en marcha lo que marca el Convenio de La Haya para estos casos, en los que los estados están obligados a intervenir. Así que fue el abogado del Estado en España el primero en hacer saber a Juana Rivas de su obligación de regresar a Italia con sus dos hijos (su lugar de residencia) para no privar al padre del derecho a estar con ellos. El Convenio de La Haya sobre sustracción de menores es muy claro: ninguno de los progenitores tiene derecho a desplazar a sus hijos a otro país, diferente del lugar de residencia, sin el permiso del otro.
Juana se negó a cumplir con ese requerimiento y se iniciaba así una campaña en la que la mujer ha recibido incontables muestras de apoyo y el calor de instituciones y líderes políticos. Buena parte de la sociedad apoya su decisión de no entregar otra vez a sus hijos a un hombre señalado como un maltratador reincidente.
Diferentes resoluciones (en el caso han llegado a intervenir una decena de jueces y magistrados) recuerdan a Juana Rivas que las leyes españolas se deben, en este caso, a lo que marca el Convenio de La Haya y reiteran que la denuncia del 2009 (ya cancelada) y la de julio del 2016 (por unos hechos ocurridos en Italia) no pueden ser usadas como argumento para atender la petición de la madre. Tesis que se ha repetido en todas las instancias a las que ha llegado hasta la fecha este caso.
La respuesta judicial a las pretensiones de Juana ha reavivado el debate sobre la protección de los menores inmersos en episodios de violencia machista. La legislación en estos casos es diferente en cada país, recuerda Joaquim Bosch, así que tampoco valdría aplicar en España una medida cautelar por unos hechos que han ocurrido en Italia. Y en el caso de nuestro país, aunque la ley permite, con la última reforma retirar custodias, régimen de visitas o la patria potestad (los menores son considerados como víctimas de esta violencia) no hay un criterio único y cada episodio se estudia de forma particular. En lo que afecta a Juana Rivas los diferentes magistrados que han estudiado el asunto han llegado a la conclusión de que el reencuentro con el padre no entrañaría, con lo que consta ahora en autos, un riesgo para los niños.
Fuentes jurídicas apuntan, a la vez que dan por agotada la vía judicial en España, que la mejor opción para la madre sería regresar a Italia y presentar allí la denuncia por los malos tratos sufridos los últimos años. Ese país sí sería competente para sentenciar por unos hechos ocurridos en su territorio y eso le permitiría, además, plantear una demanda de retirada de custodia contra el padre.
Juana, arropada por el calor solidario de las miles de personas volcadas con su causa, ha decidido, sin embargo, arriesgarse a sufrir una seria consecuencia penal. La mujer ha escondido a sus hijos y ha hecho caso omiso a varias órdenes judiciales. Así que lo que empezó como un ilícito civil en Italia ha acabado convertido en una causa penal en España. Hasta el punto de correr el riesgo de ser condenada por los delitos de sustracción de menores y desobediencia. Con un castigo previsto en el Código Penal que va de los 2 a 4 años de cárcel y la inhabilitación para la patria potestad de sus hijos por un periodo de entre cuatro y diez años.
Una salida que sí habrían podido aplicar los tribunales españoles y que la madre ha demandado a los jueces es la consideración de “grave riesgo”. Una medida cautelar prevista para casos extremos que permitiría a un magistrado evitar el contacto de un hombre con sus hijos, mientras se investigan los hechos denunciados. Pero en este caso ninguno de los tribunales que ha estudiado el asunto ha considerado probada la existencia de ese riesgo en su grado más extremo.
Juana Rivas entra esta semana en una de las fases más delicadas de su reclamación. El juez le ha dado un ultimátum para que entregue el lunes a sus hijos al padre en un centro de mediación de Granada y todas las personas de su entorno han sido citadas como investigadas para determinar si la han animado a mantener esa postura que para los jueces roza la ilegalidad.