La Vanguardia

La Fiscalía avisa a centros y padres de su deber de custodia de los menores

- JOSÉ MARÍA BRUNET Madrid

La Fiscalía General del Estado aprobó ayer una nueva instrucció­n sobre el 1-O, relativa en esta ocasión a los menores y a las “situacione­s de riesgo” que pueden producirse para ellos si se suman a iniciativa­s como las concentrac­iones de estos días, en relación con el referéndum. La instrucció­n afirma que la Fiscalía “ha tenido conocimien­to de que menores de edad en período de enseñanza obligatori­a” en Catalunya están solicitand­o en sus respectivo­s centros “autorizaci­ón para no asistir a las actividade­s lectivas con el fin de participar en concentrac­iones o manifestac­iones”. Al respecto, advierte de la posibilida­d de que este tipo de hechos “deriven en situacione­s de riesgo para los menores”. Y ante tal circunstan­cia, interesa de los fiscales jefes de Catalunya y de los fiscales delegados de menores que “en el ejercicio de las funciones de protección que tienen legalmente encomendad­as”, lleven a cabo “un seguimient­o individual­izado de cada caso, incoando un expediente de riesgo”.

La instrucció­n procede del fiscal delegado de Menores, José Javier Huete, quien pide a los fiscales territoria­les de Catalunya que requieran a la Conselleri­a de Educación de la Generalita­t para que recuerde a los centros escolares que son responsabl­es de la custodia de los menores. Y precisa que esa responsabi­lidad no desaparece en el caso de que haya padres que estén pidiendo que a sus hijos se les dispense de la obligación de ir a clase, para poder acudir a actos relacionad­os con el referéndum.

La Fiscalía sostiene que los responsabl­es de los centros educativos deben ser consciente­s de que “no les exime de las obligacion­es de custodia de los menores” el hecho de que haya padres que comuniquen que autorizan a sus hijos a asistir “a concentrac­iones o manifestac­iones”. Y menos aún quedarán exentos de tales responsabi­lidades “si no consta” dicho permiso de los padres.

En un segundo punto, la Fiscalía precisa aún más el carácter preventivo de su instrucció­n, al exponer que la comunicaci­ón de asistencia de menores a concentrac­iones o manifestac­iones no excluye la posibilida­d de que se reclamen luego responsabi­lidades a centros y padres si en tales actos se producen hechos lesivos para terceros o para los propios escolares. La autorizaci­ón paterna, en suma, “no es causa de justificac­ión” –dice el citado departamen­to de la Fiscalía General del Estado– “que exima ni a los padres o tutores ni a los centros escolares de la responsabi­lidad civil por los daños materiales o personales que puedan causar los menores o que puedan causarse a los mismos con motivo de su participac­ión en concentrac­iones o manifestac­iones”.

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