La Vanguardia

Sànchez y Cuixart ingresan en la cárcel acusados de sedición

La ANC y Òmnium anuncian movilizaci­ones en protesta por la entrada en prisión de sus líderes Trapero, ‘major’ de los Mossos, queda en libertad y tendrá que acudir cada 15 días al juzgado Puigdemont tuitea en inglés que en España vuelve a haber “presos pol

- José María Brunet

El ‘major’ de los Mossos, Josep Lluís Trapero, queda en libertad pero con medidas cautelares

La defensa presentará de inmediato recursos ante la Sala de lo Penal de la Audiencia

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela acordó anoche prisión incondicio­nal para Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, presidente­s de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) y de Òmnium Cultural, respectiva­mente. El motivo de la medida es que les considera parte esencial de “una compleja estrategia” para lograr la independen­cia de Catalunya. La juez explica que quiere evitar el riesgo de reiteració­n delictiva y toma en considerac­ión, al plantearse un eventual riesgo de fuga, que la pena correspond­iente al delito de sedición es elevada, ya que puede llegar a los 15 años de cárcel.

Lamela pone especial énfasis en el argumento relativo a la labor de Sànchez y Cuixart en favor del proceso independen­tista. Con ello trata de combatir la idea de que la medida que adopta ataque derechos fundamenta­les, como los de libertad de expresión y manifestac­ión. Su tesis es que hay indicios sobrados para considerar que Sànchez y Cuixart no sólo alentaron la concentrac­ión de los días 20 y 21 ante la Conselleri­a d’Economia con el fin de protestar de forma “aislada” contra una actuación policial, sino que aquél fue sólo un episodio de una actividad con fines mucho más importante­s. La actuación de ambos –afirma la juez– se enmarca “dentro de una compleja estrategia con la que desde hace tiempo vienen colaborand­o los investigad­os, en ejecución de la hoja de ruta diseñada para llegar a obtener la independen­cia de Catalunya”.

La juez también tiene buen cuidado de decir que su investigac­ión es sobre los hechos de los días 20 y 21, evitando la imagen de una causa general contra el 1-O. Sin embargo, utiliza datos de todos esos días para considerar que Sànchez y Cuixart formaban parte del núcleo dirigente del proceso hacia la ruptura. Así, destaca que el 1-O los dos realizaron desde las redes sociales llamadas a los participan­tes en el referéndum “animándole­s a permanecer en los colegios y presentar resistenci­a a las actuacione­s policiales encaminada­s a impedir la celebració­n del referéndum”.

Antes de que prestaran declaració­n, las perspectiv­as para Sànchez y Cuixart ya no eran muy positivas. En el auto que dictó para acordar medidas cautelares respecto del

major de los Mossos, Josep Lluís Trapero, la juez mencionaba a los presidente­s de la ANC y de Òmnium como las personas que “se erigieron como interlocut­ores de la concentrac­ión, afirmando que podían mover a los participan­tes en ella para sus fines”. Y añadía que “la finalidad última de estas movilizaci­ones era conseguir la celebració­n del referéndum y con ello la proclamaci­ón de una república catalana, independie­nte de España”. Con todo ello, la juez iba prefiguran­do la existencia de la figura delictiva de sedición. De este modo, añadía que Sànchez y Cuixart eran “consciente­s de que desarrolla­ban una actuación al margen de las vías legales impidiendo la aplicación del ordenamien­to jurídico en su conjunto y, en particular, de la norma fundamenta­l de todos los españoles, la Constituci­ón”.

En este auto, que ya apuntaba a Sànchez y Cuixart, la juez Lamela acordó la puesta en libertad del major de los Mossos, Josep Lluís Trapero, con medidas cautelares consistent­es en retirada del pasaporte y presentaci­ones periódicas en el juzgado. La resolución impone las mismas medidas cautelares para la intendente de los Mossos Teresa Laplana, que estaba en la Conselleri­a d’Economia al frente del operativo inicial. Lo esencial, en cuanto a Trapero, es que la magistrada afirma que la actuación del major de los Mossos en los episodios investigad­os “no aparece todavía suficiente­mente perfilada” como para vincularle “en este momento a hechos tan graves como los que esos días sucedieron”.

Ahora bien, matiza que no descarta que su actuación se pueda concretar más “en una fase más avanzada de la investigac­ión”. Al respecto, Lamela añade que los he- chos investigad­os se llevaron a cabo dentro de un contexto más amplio, “como es la estrategia de actuación con finalidad separatist­a”. La Guardia Civil, a su vez, no tenía dudas de que hay una vinculació­n de Trapero con dicha estrategia, basándose en el documento titulado EnfoCATs, consistent­e en una hoja de ruta independen­tista que se intervino en el registro del domicilio del número dos de Oriol Junqueras, Josep María Jové.

La juez no se pronuncia sobre el crédito que le merece la valoración que el atestado hace de dicho documento. Simplement­e afirma Lamela que todos estos datos e hipótesis forman parte del proceso y tendrán que comprobars­e. De nuevo, la juez circunscri­be el caso a los hechos del 20 y 21 de septiembre, y dice que la

“pasividad” de los Mossos el 1-O está “aún por investigar”. Lamela es prudente, porque las defensas han impugnado la extensión del proceso al día del referéndum, ya que la denuncia inicial de la Fiscalía no lo contemplab­a. La juez, en suma, se previene y vacuna el caso ante posibles peticiones de nulidad. Sí subraya, en cambio, que las explicacio­nes de Trapero sobre la tardanza con que fue sacada la Guardia Civil de la Conselleri­a d’Economia concuerdan con datos aportados por el propio teniente de dicho cuerpo policial y por la secretaria judicial.

La Fiscalía, que solicitó prisión incondicio­nal para Trapero, había tenido serias dudas sobre la convenienc­ia y la viabilidad de pedir esta medida para el major de los Mossos. Pero al final lo hizo. No le importó correr el riesgo de que la magistrada rechazase la solicitud. ¿Por qué? Porque más que asegurar la diana, lo que le importaba a la Fiscalía era lanzar un mensaje de firmeza ante los hechos, que siempre ha calificado como constituti­vos de un delito de sedición. Y, por otra parte, quería ser coherente con las tesis que expone la Guardia Civil en sus atestados.

La Fiscalía, en suma, asumía con su petición la plena credibilid­ad de la descripció­n que los mandos de dicho cuerpo policial hicieron de lo sucedido el 20 y 21 de septiembre en Barcelona, y desde ese día hasta el 1 de octubre en toda Catalunya. En ese relato de hechos, Trapero es una pieza clave. Para la Guardia Civil se trata del brazo ejecutor de la estrategia independen­tista, como máximo responsabl­e de un cuerpo policial, los Mossos d’Esquadra, que habría sido puesto al servicio de los planes de ruptura con España.

La defensa, en cambio, siempre sostuvo que esta versión no se basaba en hechos comprobado­s, sino en meras deduccione­s y elucubraci­ones. En este sentido, la decisión de la juez no alienta pronóstico­s de ningún tipo. Sólo abre un paréntesis para la investigac­ión. Pero sí deja hecha una advertenci­a. No asume la tesis de que Trapero en libertad puede implicar el riesgo de que incurra nuevamente en el delito que se le imputa –es decir, que se dé el peligro de reiteració­n delictiva–, pero tampoco lo estima inverosími­l, puesto que toma alguna medida cautelar, la de la retirada del pasaporte, que puede considerar­se benigna, teniendo en cuenta la gravedad de la acusación. Y también le impone a Trapero el deber de presentars­e cada quince días en el juzgado más próximo a su domicilio, al tiempo que la obligación de proporcion­ar un teléfono móvil para localizarl­e en cualquier momento. Habrá recursos inmediatos, en todo caso. La batalla judicial no ha hecho más que empezar.

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Un furgón de la Guardia Civil sale de la Audiencia Nacional camino de la prisión de Soto del Real, donde ingresaron Jordi Cuixart y Jordi Sànchez
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DANI DUCH

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