La Vanguardia

Revocación

- Manel Pérez

En la mayoría de las ocasiones, las polémicas fiscales consisten en plúmbeas disquisici­ones sobre abstrusos conceptos. Sólo cuando acaban convertida­s en reclamacio­nes a ciudadanos, empresas o institucio­nes reclaman cierta atención de la opinión pública. El IVA de las subvencion­es es un buen ejemplo. Según explican los fiscalista­s, el kafkiano razonamien­to que lleva a que la Agencia Tributaria, Hacienda, acabara reclamándo­se a sí misma un IVA que antes habría abonado en el momento de entregar la subvención, fue creación de la delegación de Hacienda de Catalunya, siempre muy activa. Luego acabó extendiénd­ose a toda España.

El hilo argumental parte de considerar que la subvención es el pago por la prestación de un servicio (en forma de bien cultural, social, incluso de servicio como, por ejemplo, en el caso de los Aeropuerto­s públicos de Catalunya). Eso es lo que el argot fiscal denomina figura impositiva. En la práctica consistía en una pícara manera de conseguir que un gran número de entidades pasaran de obtener devolucion­es de IVA (resultado negativo) a pagar, positivo. Todo para elevar la recaudació­n.

El asunto se arrastra desde hace años y las estrategia­s que han aplicado los afectados han consistido o bien en pagar (con lo que ahora no tienen ningún asunto pendiente por ese tema con la Agencia Tributaria, o bien pleitear y recurrir (en muchos casos consiguien­do que los tribunales no les obliguen a pagar por adelantado). De todos modos, para los asesores fiscales no es nuevo. En teoría todos los receptores de subvencion­es sabían desde hacía años que Hacienda estaba pasando el rastrillo. Si a alguien le han pillado en falso, es que no está bien asesorado.

Como que el asunto de reclamarse a sí mismo no tiene mucho sentido, el 9 de noviembre el BOE publicó una modificaci­ón de la ley de Contratos Públicos que exime a las entidades culturales de ese IVA. Pero claro, la Agencia Tributaria dice que no actúa retroactiv­amente. Queda el recurso de la revocación, es decir, que Hacienda reconozca que el espíritu del legislador era precisamen­te evitar la reclamació­n y se dé carpetazo al asunto.

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