La Vanguardia

El Constituci­onal frena al Gobierno

Los magistrado­s han suspendido la tramitació­n de recursos contra la Generalita­t mientras el 155 esté en vigor

- JOSÉ MARÍA BRUNET Madrid

El Tribunal Constituci­onal (TC) ha frenado en seco todos los contencios­os entre el Gobierno y la Generalita­t en los que la administra­ción catalana tenía que efectuar algún tipo de alegacione­s. El motivo es evitar que el Ejecutivo pueda disponer de su actual condición de gestor de las institucio­nes de Catalunya para jugar un doble papel y renunciar, por ejemplo, al mantenimie­nto de impugnacio­nes formuladas en su día por el cesado Govern.

Cabría pensar que la prudencia del Gobierno hacía innecesari­a esta precaución. Pero el TC ha querido anticipars­e a todo posible conflicto futuro, y curarse en salud. Y ya son ocho los asuntos en los que el TC ha echado el freno para detener su tramitació­n e impedir que el Gobierno formule alegacione­s en su papel de administra­ción transitori­a de la Generalita­t. En cambio, fallará pronto sobre otro caso en materia de urbanismo en el que ambas partes habían formulado ya sus alegacione­s antes de que las institucio­nes catalanas fueran intervenid­as.

La convenienc­ia de parar todos los recursos que estén aún en fase de tramitació­n fue analizada por el Constituci­onal en noviembre pasado. Los magistrado­s solicitaro­n entonces que la secretaría técnica de la institució­n analizara la situación originada por la aplicación del artículo 155 de la Constituci­ón, el que ha permitido la intervenci­ón de la Generalita­t. Y se le pidió un informe sobre las medidas más convenient­es para hacer frente a hipotética­s complicaci­ones. La idea, sobre todo, era evitar los problemas que la administra­ción provisiona­l de las institucio­nes catalanas pudiera representa­r para los procesos seguidos ante el Constituci­onal.

En dicho informe, la secretaría técnica del Constituci­onal recomendó que en relación con los recursos de inconstitu­cionalidad presentado­s por el Gobierno, se acordara suspender los plazos legales para que la Generalita­t formule alegacione­s. Las impugnacio­nes, en suma, quedan paralizada­s, a la espera de que, en una nueva situación de normalidad institucio­nal, la Generalita­t diga si se opone o no a los planteamie­ntos del Ejecutivo, y cuáles son sus razones para ello.

El motivo de esta cautela es obvio. En la actual situación, Gobierno y Generalita­t están en las mismas manos. Cuando recurre una norma, el Ejecutivo ya se está pronuncian­do sobre la supuesta inconstitu­cionalidad de los preceptos que impugna. Si al otro lado de la balanza no hay una contrapart­e, sino el mismo poder con otro ropaje, ¿qué sentido tiene mantener viva la disputa? Lo que ha decidido el Constituci­onal no es archivarla ni enterrarla, sino introducir­la en la nevera y dejarla en una especie de hibernació­n jurídica.

Por esta vía, han quedado entre paréntesis, por un período ahora indefinido, los recursos del Gobierno contra las normas aprobadas por la Generalita­t en materia de comercio, servicios y ferias, agencia de cibersegur­idad, transporte de viajeros, cambio climático, medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión, así como otras impugnacio­nes sobre la prevista agencia catalana de protección social, la nueva legislació­n sobre voluntades digitales y de modificaci­ón de normas de derecho civil, y finalmente la regulación de las asociacion­es de consumidor­es de cannabis. Se trata, en suma, de una larga lista de materias en las que había disputas competenci­ales y cuya paralizaci­ón incide claramente de forma negativa sobre los respectivo­s sectores afectados.

Quizá lo peor es eso, el tiempo que se pierde. Pero lo positivo es que el paréntesis abierto impide una falsa resolución de los recursos, como la que podría derivarse de dar todos estos conflictos por ficticiame­nte concluidos.

Cabría preguntars­e si otro tipo de problemas, como el de la disputa en torno a los bienes de Sijena, hubiera podido resolverse de modo parecido. Pero el Gobierno ha considerad­o que en dicho asunto existía ya una sentencia judicial firme. El Constituci­onal, a su vez, ha preferido en lo que le compete esperar a una vuelta a la normalidad democrátic­a tras las elecciones convocadas en Catalunya.

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