El Tribunal de la UE reconsidera equiparar a temporales y fijos
La abogada del TJUE no ve discriminación en la diferencia de indemnizaciones
El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) empieza a desenredar el embrollo organizado a finales de septiembre del 2016, cuando en una sentencia planteó la equiparación de la indemnización entre temporales e indefinidos, cuestionando así el actual marco normativo español. Este terremoto para el mercado laboral es posible que se quede al final en mero temblor si las conclusiones de la abogada general del TJUE Juliane Kokott finalmente son asumidas por el tribunal comunitario –su opinión no es vinculante, aunque suele guiar el posterior fallo–. En su informe sobre una petición prejudicial de un caso muy similar al citado de Ana de Diego Porras, publicadas este miércoles, Kokott aclara que “no supone una discriminación” la diferencia de trato para los trabajadores temporales frente a los fijos, por no recibir compensación u obtener una inferior cuando se agota su contrato.
¿Cómo lo argumenta? Asegura que las condiciones de trabajadores por tiempo determinado e indefinidos no son comparables. Así, recalca que la legislación no contempla la indemnización como una “gratificación por lealtad a la empresa, sino una compensación por el hecho de que el trabajador pierde su puesto de trabajo”. Por ello, defiende que es diferente la “previsibilidad “de perder el trabajo para quien agota un contrato –ahora, los interinos no reciben compensación y los temporales, 12 días por año– como aquel que ve cómo se extingue de forma anticipada por causas objetivas –fijos y temporales perciben 20 días– . Insiste además en que, para un trabajador temporal (incluidos los de obra y servicio, y los interinos), la finalización del contrato “no supone en modo alguno una sorpresa”. Las conclusiones aclaran que no deben entrar en las diferencias entre distintos tipos de contratos temporales y se limita a evaluar si se discrimina a los trabajadores por tiempo determinado frente a los asalariados indefinidos. La propia abogada general aprovecha para reprochar que la sentencia de Diego Porras del TJUE “no prestó suficiente atención” al análisis del cariz de la indemnización frente a otras prestaciones económicas y sociales del empleador y habla de “reconsiderar su jurisprudencia al respecto”.
Para el profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Ignasi Beltran, que los argumentos esgrimidos por la abogada general del TJUE abonan el camino para tumbar la doctrina sobre la equiparación de compensaciones por fin de contrato y permitiría, de confirmarse cuando se dicte sentencia, mantener la legislación sobre indemnizaciones tal y como está. “En todo caso, también apunta la posibilidad de aplicar medidas contra el uso abusivo de la interinidad o de contratos temporales sucesivos”, señala. Atacar el abuso en la contratación temporal forma parte de la propuesta planteada por el Tribunal Supremo al TJUE en otra cuestión prejudicial vinculada al caso Diego Porras, también aún por resolver. Por su parte, el secretario de acción sindical de la Federación de Servicio a la Ciudadanía de CC.OO., Raúl Olmos, se queja de que el informe de la abogada general “apuesta por dar marcha atrás al criterio de equiparación entre trabajadores indefinidos y temporales de la sentencia de Diego Porras”. Y teme también que sea un primer paso del TJUE en esa dirección.
Hace algo más de un año, la sentencia del tribunal comunitario sobre el caso de Ana Diego Porras, que
El reciente informe echa por tierra la doctrina de la polémica sentencia sobre los interinos
reclamaba una indemnización por trabajar como interina en el Ministerio de Defensa durante siete años seguidos, produjo una auténtica sacudida en el ámbito laboral al considerar que los contratados por tiempo determinado debían recibir una compensación equiparable a la de los fijos. El fallo generó tal cantidad de dudas e interpretaciones que la ministra de Empleo, Fátima Báñez, aceptó modificar la legislación, una vez se pronunciara un comité de expertos. Después de tres meses de trabajos, el grupo de especialistas optó simplemente por esperar a las aclaraciones del TJUE. Después del informe sobre dos de las cuatro cuestiones prejudiciales presentadas por jueces españoles a raíz de la polémica sentencia, hay que seguir esperando.