El promotor del macroprostíbulo de Mataró anuncia el inicio de las obras
El empresario promotor de un macroprostíbulo en Mataró ha anunciado el inicio de las obras para el próximo mes de febrero. José Maria Colomer Ribot considera que le favorecen tres resoluciones judiciales para reanudar las obras vinculadas a “la licencia de actividad” y que su voluntad es proceder al inicio de la promoción “tras verificar las comunicaciones legalmente establecidas”. Con ello, el precursor del lupanar que llevaría el nombre de Showgirls Chocolate Night Club entiende que las tres sentencias ganadas le habilitan para construir un burdel de unas 50 habitaciones en el polígono de les Hortes del Camí Ral de la capital del Maresme, junto al TecnoCampus.
Por su parte, el Ayuntamiento de Mataró discrepa y mantiene que el promotor “no dispone de licencia de obra en vigor que le permita iniciar ninguna construcción en el solar”. Igualmente, interpreta que se mantiene la suspensión de licencias aprobada por el gobierno municipal el pasado mes de julio, que es ampliable a un año más, en tanto no se vuelve a redactar el plan especial de usos recreativos en la modalidad de musicales que incluye los locales de naturaleza sexual. Ante la petición entrada en el registro de licencias y disciplina de actividades, el gobierno advierte que “en caso de obras sin licencia tomará las medidas que marque la normativa de obligado cumplimiento”.
La postura inamovible del Consistorio hace prever un nuevo episodio judicial que podría generar una querella contra el Ayuntamiento por tomar decisiones contrarias a las decisiones judiciales. El promotor recuerda que la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) del 2 de abril del 2015 establecía la nulidad de la ordenanza municipal sobre actividades de naturaleza sexual. Una segunda sentencia, del Supremo, del 2 de octubre del 2017, anulaba los artículos de la ordenanza referidos a estas actividades y confirmaba la anterior sentencia. Finalmente, el 7 de noviembre, la Sala Tercera de los Contencioso del TSJC declaraba no caducada la licencia de actividad citada.
El empresario considera que no concurre ninguna circunstancia que declare caducada la licencia de obras “por lo que tampoco puede estarlo el proyecto constructivo ligado a la misma”. Recuerda que “sostener lo contrario implicaría incumplir la sentencia del TSJC”. Además, esgrime que, una vez que en el proyecto de actividad de la sala de fiestas se manifiesta que el aparcamiento dispone de legalización aparte, el promotor opta por notificar la reanudación de las obras para iniciar la actividad.