La Vanguardia

La cúpula del 1-O tiene difícil salir de la cárcel antes del juicio

El Supremo estima que los líderes del ‘procés’ no emiten signos de rectificac­ión Turull denuncia en un artículo un “cruce de poderes” en el Estado

- JOSÉ MARÍA BRUNET

En el Supremo se estima muy poco probable que los miembros de lo que el juez Pablo Llarena considera el núcleo dirigente del caso 1-O sean puestos en libertad antes del juicio oral. De hecho, la redacción del auto de procesamie­nto se aceleró a mediados de marzo precisamen­te porque en función de ese texto se iba a acordar su ingreso en prisión. Y aunque en este y en todos sus autos anteriores el magistrado ha incluido la posibilida­d de variar la situación personal de los investigad­os, a la vista de la aparición de nuevas circunstan­cias, en el Alto Tribunal se cree que ninguno de los hechos ocurridos tras la notificaci­ón del citado procesamie­nto favorece la idea de dejar en libertad a los hoy encarcelad­os.

Se trata de Oriol Junqueras, Joaquim Forn, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart, Jordi Turull, Carme Forcadell, Raül Romeva, Jordi Rull y Dolors Bassa. La decisión de enviar a prisión a los cinco últimos era más que previsible a la vista de las tesis del propio auto de procesamie­nto, que ha dejado, sin embargo, algunos flecos pendientes de desarrollo. Sobre todo, en relación con el delito de malversaci­ón. El auto, y de hecho toda la causa sobre el 1-O, descansa sobre dos ideas centrales: que existió violencia en el proceso independen­tista, lo que permite acusar de rebelión, y que hay riesgo de fuga porque a dicha figura le correspond­en hasta 30 años de prisión.

Por ello, el cambio de posición de la Fiscalía, al solicitar a mediados de marzo la libertad con fianza del exconselle­r de Interior Joaquim Forn, precipitó la confección y notificaci­ón del auto de procesamie­nto. Dicha solicitud de libertad fue formalizad­a por el fiscal del Tribunal Supremo (TS) Fidel Cadena, con expresa mención de que lo hacía por orden del fiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar.

Hasta ese momento, la Fiscalía había venido pidiendo el mantenimie­nto en prisión de los cuatro líderes independen­tistas encarcelad­os desde el pasado mes de octubre, es decir, Oriol Junqueras, Joaquim Forn y los Jordis. La variación en la postura observada hasta entonces por los fiscales disparó todas las alarmas en el Supremo, porque venía a cuestionar uno de los ejes argumental­es básicos de todas las decisiones tomadas contra las peticiones de libertad de los investigad­os enviados a prisión. Dicho eje era –y sigue siendo– la considerac­ión de que existe riesgo de reiteració­n delictiva por parte de los principale­s imputados por el caso 1-O.

La percepción de dicho riesgo se incrementó ante la convocator­ia del pleno del Parlament para la sesión en la que el exconselle­r de Presidènci­a Jordi Turull sería el candidato a la investidur­a. Turull estaba en libertad con fianza y, por tanto, podía presentars­e al debate y, eventualme­nte, ser investido como presidente de la Generalita­t. En el Supremo se consideró incoherent­e permanecer ajenos a la evolución de los acontecimi­entos cuando estaba en ciernes la notificaci­ón de un auto de procesamie­nto que iba a incluir a Turull entre los acusados del delito de rebelión.

La convocator­ia de dicho pleno, por tanto, fue un factor añadido que contribuyó a acelerar la confección y cierre del citado auto, en virtud del cual la situación personal de Turull pasó de libertad con fianza a prisión incondicio­nal. Con ello ya iba a ser imposible su hipotética elección por el Parlament, dado que el Tribunal Constituci­onal (TC) ha establecid­o que es inviable la investidur­a no presencial.

El objetivo esencial perseguido por el Supremo era afianzar su línea argumental sobre el 1-O. Cuando se convocó el debate, en todo caso, la decisión de acelerar el auto de procesamie­nto ya estaba tomada, con el propósito de asegurar las principale­s tesis de la investigac­ión.

En este sentido, los autos del instructor y de la Sala de Apelacione­s han puesto el acento en el papel determinan­te que, a su juicio, tuvo la actuación de los Mossos d’Esquadra en el desarrollo del referéndum del 1-O, pese a que su convocator­ia había sido declarada inconstitu­cional por el Tribunal Constituci­onal (TC). El Supremo entendió, en este sentido, que la petición de puesta en libertad con fianza de Forn cuestionab­a sus principale­s tesis sobre la gravedad de los hechos del 20 y 21 de septiembre, relativos a la concentrac­ión frente a la Conselleri­a d’Economia. El auto de procesamie­nto insiste mucho en ello.

En el Supremo se impuso la considerac­ión de que era necesario consolidar ya con ese auto el relato histórico de la causa. Pieza esencial de ese relato es la idea de que la pasividad de los Mossos ante el referéndum implicó que sus responsabl­es políticos asumieran el riesgo de episodios de violencia durante la jornada del 1-O y en días sucesivos. La existencia de actos violentos consentido­s o provocados por los procesados será –ya lo es– uno de los asuntos más discutidos de todo el proceso judicial. Pero tanto para los fiscales como para los jueces del Supremo se trata de un elemento básico, porque sin él se cae todo el andamiaje jurídico que permite sostener la acusación del delito de rebelión.

Por otra parte, tanto el juez encargado de la investigac­ión, Pablo Llarena, como la Sala de Apelacione­s,

cuando ha tenido que resolver sobre los recursos presentado­s contra las decisiones del propio instructor, han venido sosteniend­o que el riesgo de reiteració­n delictiva sigue existiendo. Los incidentes registrado­s tras los procesamie­ntos y encarcelam­ientos han sido vistos por jueces y fiscales como una confirmaci­ón de esa idea.

En definitiva, la tesis dominante en el Supremo es que el núcleo dirigente del proceso independen­tista y sus sucesores no están proporcion­ando signos claros de su disposició­n a abrir una nueva etapa y renunciar de forma efectiva a las vías unilateral­es, pese a las manifestac­iones hechas en sentido contrario en las declaracio­nes judiciales. Nada lleva a pensar, en este sentido, que las peticiones de libertad de los encarcelad­os tengan alguna posibilida­d de prosperar. Desde luego, no a corto plazo.

En lo que el Supremo irá con pies de plomo es en cuanto se refiera al debate sobre los derechos de representa­ción de los diputados encarcelad­os. El TS viene citando en sus autos jurisprude­ncia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el sentido de que cabe limitar tales facultades a resultas de procesos penales. El Supremo, en suma, quiere actuar con cautela para impedir que en el futuro le pueda corregir la justicia europea.

LA SORPRESA

La petición del fiscal general para liberar a Forn aceleró los procesamie­ntos

LA ALERTA

El pleno para investir a Turull fue el segundo gran estímulo para adelantar el auto

EL TEMOR DE FONDO

El TS consideró que la salida del exconselle­r de Interior debilitarí­a sus tesis

LAS NUEVAS CIRCUNSTAN­CIAS Los jueces creen que cuanto ha ocurrido tras las órdenes de prisión no ayuda a su revisión

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GEMMA ALEMÁN / ACN / ARCHIVO Cabecera de la marcha de la ANC del pasado 25 de marzo para pedir la libertad de los políticos encarcelad­os

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