La cúpula del 1-O tiene difícil salir de la cárcel antes del juicio
El Supremo estima que los líderes del ‘procés’ no emiten signos de rectificación Turull denuncia en un artículo un “cruce de poderes” en el Estado
En el Supremo se estima muy poco probable que los miembros de lo que el juez Pablo Llarena considera el núcleo dirigente del caso 1-O sean puestos en libertad antes del juicio oral. De hecho, la redacción del auto de procesamiento se aceleró a mediados de marzo precisamente porque en función de ese texto se iba a acordar su ingreso en prisión. Y aunque en este y en todos sus autos anteriores el magistrado ha incluido la posibilidad de variar la situación personal de los investigados, a la vista de la aparición de nuevas circunstancias, en el Alto Tribunal se cree que ninguno de los hechos ocurridos tras la notificación del citado procesamiento favorece la idea de dejar en libertad a los hoy encarcelados.
Se trata de Oriol Junqueras, Joaquim Forn, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart, Jordi Turull, Carme Forcadell, Raül Romeva, Jordi Rull y Dolors Bassa. La decisión de enviar a prisión a los cinco últimos era más que previsible a la vista de las tesis del propio auto de procesamiento, que ha dejado, sin embargo, algunos flecos pendientes de desarrollo. Sobre todo, en relación con el delito de malversación. El auto, y de hecho toda la causa sobre el 1-O, descansa sobre dos ideas centrales: que existió violencia en el proceso independentista, lo que permite acusar de rebelión, y que hay riesgo de fuga porque a dicha figura le corresponden hasta 30 años de prisión.
Por ello, el cambio de posición de la Fiscalía, al solicitar a mediados de marzo la libertad con fianza del exconseller de Interior Joaquim Forn, precipitó la confección y notificación del auto de procesamiento. Dicha solicitud de libertad fue formalizada por el fiscal del Tribunal Supremo (TS) Fidel Cadena, con expresa mención de que lo hacía por orden del fiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar.
Hasta ese momento, la Fiscalía había venido pidiendo el mantenimiento en prisión de los cuatro líderes independentistas encarcelados desde el pasado mes de octubre, es decir, Oriol Junqueras, Joaquim Forn y los Jordis. La variación en la postura observada hasta entonces por los fiscales disparó todas las alarmas en el Supremo, porque venía a cuestionar uno de los ejes argumentales básicos de todas las decisiones tomadas contra las peticiones de libertad de los investigados enviados a prisión. Dicho eje era –y sigue siendo– la consideración de que existe riesgo de reiteración delictiva por parte de los principales imputados por el caso 1-O.
La percepción de dicho riesgo se incrementó ante la convocatoria del pleno del Parlament para la sesión en la que el exconseller de Presidència Jordi Turull sería el candidato a la investidura. Turull estaba en libertad con fianza y, por tanto, podía presentarse al debate y, eventualmente, ser investido como presidente de la Generalitat. En el Supremo se consideró incoherente permanecer ajenos a la evolución de los acontecimientos cuando estaba en ciernes la notificación de un auto de procesamiento que iba a incluir a Turull entre los acusados del delito de rebelión.
La convocatoria de dicho pleno, por tanto, fue un factor añadido que contribuyó a acelerar la confección y cierre del citado auto, en virtud del cual la situación personal de Turull pasó de libertad con fianza a prisión incondicional. Con ello ya iba a ser imposible su hipotética elección por el Parlament, dado que el Tribunal Constitucional (TC) ha establecido que es inviable la investidura no presencial.
El objetivo esencial perseguido por el Supremo era afianzar su línea argumental sobre el 1-O. Cuando se convocó el debate, en todo caso, la decisión de acelerar el auto de procesamiento ya estaba tomada, con el propósito de asegurar las principales tesis de la investigación.
En este sentido, los autos del instructor y de la Sala de Apelaciones han puesto el acento en el papel determinante que, a su juicio, tuvo la actuación de los Mossos d’Esquadra en el desarrollo del referéndum del 1-O, pese a que su convocatoria había sido declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional (TC). El Supremo entendió, en este sentido, que la petición de puesta en libertad con fianza de Forn cuestionaba sus principales tesis sobre la gravedad de los hechos del 20 y 21 de septiembre, relativos a la concentración frente a la Conselleria d’Economia. El auto de procesamiento insiste mucho en ello.
En el Supremo se impuso la consideración de que era necesario consolidar ya con ese auto el relato histórico de la causa. Pieza esencial de ese relato es la idea de que la pasividad de los Mossos ante el referéndum implicó que sus responsables políticos asumieran el riesgo de episodios de violencia durante la jornada del 1-O y en días sucesivos. La existencia de actos violentos consentidos o provocados por los procesados será –ya lo es– uno de los asuntos más discutidos de todo el proceso judicial. Pero tanto para los fiscales como para los jueces del Supremo se trata de un elemento básico, porque sin él se cae todo el andamiaje jurídico que permite sostener la acusación del delito de rebelión.
Por otra parte, tanto el juez encargado de la investigación, Pablo Llarena, como la Sala de Apelaciones,
cuando ha tenido que resolver sobre los recursos presentados contra las decisiones del propio instructor, han venido sosteniendo que el riesgo de reiteración delictiva sigue existiendo. Los incidentes registrados tras los procesamientos y encarcelamientos han sido vistos por jueces y fiscales como una confirmación de esa idea.
En definitiva, la tesis dominante en el Supremo es que el núcleo dirigente del proceso independentista y sus sucesores no están proporcionando signos claros de su disposición a abrir una nueva etapa y renunciar de forma efectiva a las vías unilaterales, pese a las manifestaciones hechas en sentido contrario en las declaraciones judiciales. Nada lleva a pensar, en este sentido, que las peticiones de libertad de los encarcelados tengan alguna posibilidad de prosperar. Desde luego, no a corto plazo.
En lo que el Supremo irá con pies de plomo es en cuanto se refiera al debate sobre los derechos de representación de los diputados encarcelados. El TS viene citando en sus autos jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el sentido de que cabe limitar tales facultades a resultas de procesos penales. El Supremo, en suma, quiere actuar con cautela para impedir que en el futuro le pueda corregir la justicia europea.
LA SORPRESA
La petición del fiscal general para liberar a Forn aceleró los procesamientos
LA ALERTA
El pleno para investir a Turull fue el segundo gran estímulo para adelantar el auto
EL TEMOR DE FONDO
El TS consideró que la salida del exconseller de Interior debilitaría sus tesis
LAS NUEVAS CIRCUNSTANCIAS Los jueces creen que cuanto ha ocurrido tras las órdenes de prisión no ayuda a su revisión