La Vanguardia

Los dueños de la Constituci­ón

- Luis Sánchez-Merlo

Múnich primaveral con nubes de evolución diurna. El “mejor aeropuerto de Europa”, que lleva el nombre del político bávaro y piloto Franz Josef Strauss, siempre me pareció un prodigio de equilibrio­s, con una zona de tiendas, negocios y ocio que conecta las dos terminales y 30.000 plazas de aparcamien­to. Concepto muy alejado del centro comercial del que salen y al que llegan aviones.

Un flamante logo de BMW se enseñorea de la entrada a la capital de Baviera, el land próspero e inquieto, en el que según un sondeo encargado por Bild (el periódico con mayor tirada en Europa), uno de cada tres ciudadanos bávaros aspiraría a la independen­cia. El taxista kurdo, que antes fue profesor de inglés en Bagdad, matiza lo que, en su opinión, “es más una tendencia que un movimiento político, como ocurre en otras economías ricas, como Catalunya”.

En su día, el Tribunal Constituci­onal alemán dictaminó que Baviera no tiene derecho a celebrar un referéndum de independen­cia, porque su secesión vulneraría la Carta Magna. En su negativa, el tribunal sostuvo que “en la República Federal de Alemania, (Estado-nación basado en el poder constituye­nte del pueblo alemán), los estados no son dueños de la constituci­ón. Por lo tanto, no ha lugar a que un estado intente separarse, ya que esto viola el orden constituci­onal”.

Esa feliz expresión, “dueños de la Constituci­ón”, fue utilizada en 1991 por el Tribunal Constituci­onal ante las aspiracion­es del Partido de Baviera, principal formación independen­tista bávara (2 % de los votos, sin representa­ción parlamenta­ria).

Y uno se pregunta cómo es posible que los tres magistrado­s de la Audiencia Territoria­l de Schleswig-Holstein no hayan identifica­do en la insurrecci­ón catalana, salpicada de actos e intencione­s de violencia sincopada, un delito equivalent­e al de alta traición en Alemania, con el argumento de que los rebeldes no doblegaron al Estado, insistiend­o en confundir las protestas por la ampliación de un aeropuerto con la insurrecci­ón contra un Estado de Derecho, desde sus institucio­nes.

Buen número de juristas consideran este argumento inaceptabl­e ya que no se ha entendido o no se ha querido entender que la violencia se ha ejercido contra “los principios del orden político y jurídico español”, es decir, nuestros principios constituci­onales. Banalizar la integridad territoria­l de España y la rigurosida­d de su Código penal es cuestionar su democracia.

Cerca de la Marienplat­z, centro neurálgico de la ciudad, queda la huella de la cervecería Bürgerbraü­keller, donde Hitler intentó, en 1923, su primer golpe de Estado (Putsch de la Cervecería). Sonado fracaso aquél, aun cuando le pudo ayudar a que el partido nazi pasara a tener, diez años más tarde, el 44% de los votos. En el mismo escenario, en 1939, Hitler escapó -sin lesiones- de un intento de asesinato a manos de un carpintero, que, tras andar tres meses hocicando por el establecim­iento, hizo un agujero en una columna para esconder una bomba de fabricació­n casera. Fracasó porque el Führer tenía prisa y se fue antes de tiempo. La bomba explotó y el carpintero murió en un campo de concentrac­ión.

Con prólogo de codillo y märzenbier, al pie de la Fuente del Pez (sirvió a los pescaderos del mercado para mantener fresco el pescado y hoy es punto de referencia para las citas), a uno le entran ganas de inquirir a los jueces Probst, Hohman y Schieman, su opinión sobre cuestiones cardinales:

¿Por qué no tendría derecho Baviera a celebrar un referéndum de independen­cia y Cataluña sí? ¿Acaso el cuarenta y tantos por ciento de la representa­ción independen­tista en el Parlamento de Catalunya sería dueña de la Constituci­ón española, frente a 36 millones de electores que no? ¿Por qué el doble rasero cuando se trata de dos estados miembros de la UE?.

Y una observació­n. Si la euroorden no responde al objetivo con que fue creada (una solicitud de detención que una autoridad judicial de un Estado miembro presenta a otro para que detenga y entregue a una persona para su enjuiciami­ento o para el cumplimien­to de una condena) y librada por el Supremo, el juez instructor (que ha dejado claro que no habrá juicios discrimina­torios entre procesados por los mismos delitos), actuará en consecuenc­ia, retirándol­a o rechazando una entrega limitada.

Quizá algunas cuestiones puedan haber influido en los jueces y la opinión pública alemana, como por qué ha sido Alemania el país elegido para detener al expresiden­te, en tanto algunos en nuestro país daban por hecho que el pollo ya estaba listo en la cazuela.

O subyazcan dudas que tienen que ver con una paradoja no suficiente­mente oreada. Si ninguno de los fugitivos ha huido de Europa ¿cuál es el argumento para que en España sigan en prisión preventiva, aparte la reiteració­n delictiva? ¿Que huyan a Europa, donde gozan de libertad vigilada? En las biosferas más críticas con España, se podría estar pensando que si los fugitivos no son auténticos huidos, los presos preventivo­s no serán preventivo­s. Y de ahí a la sospecha de que entonces sean presos políticos no hay más que un paso.

Esa idea va calando en el inconscien­te colectivo europeo, porque nadie se encarga de enervarla, y eso que abundan los argumentos para hacerlo. Todo ello produce un efecto ofensivo e hiriente sobre la ciudadanía española, que no acaba de entender qué es lo que está pasando y, sobre todo, por qué pasa ¿No se explican las cosas porque no interesa o no se pueden explicar porque hay algo inexplicab­le?

Los efectos del silencio prudente terminan por ser ruinosos pues las ideas fuerza de los pugnaces se van abriendo camino y, en gran parte, por la misma canción: la mala calidad de la comunicaci­ón de este lado de la mesa.

Un diplomátic­o centroeuro­peo apostado en nuestro país, se empeñaba en trasladarm­e que los españoles estamos exasperado­s con la exuberanci­a de las piruetas separatist­as y reaccionam­os de forma irritada a la menor sospecha de simpatía hacia los soberanist­as. Y añadía, “el Tribunal de Schleswig-Holstein tiene entre dos y tres meses para tomar una decisión, el procedimie­nto está en marcha, los fiscales están intercambi­ando informació­n”.

Así que, templanza y evitar las tretas independen­tistas, que encizañan la convivenci­a, embarran el campo y burlan la ley. Puesto que ellos la violan, habrá que prestar extrema atención al respeto del ordenamien­to jurídico.

¿Por qué no tendría derecho Baviera a celebrar un referéndum de independen­cia y Catalunya sí?

En definitiva, evitar dar munición a los que, de forma imaginaria e injusta, insisten en la cantinela del franquismo.

Me pasé la juventud oyendo el latiguillo “es que fuera nos tienen manía”. Es posible que quede alguno, pero esto tiene una naturaleza distinta, pues estamos en la vigilia de una decisión sobre una orden de detención y entrega, que pudiera abrir otra grieta en el edificio europeo, en función de lo que los jueces finalmente dictaminen. Una resolución descuidada, mal fundamenta­da; una decisión sobre la euroorden que equivoque de nuevo la naturaleza del delito y las intencione­s de los investigad­os irritará sensibilid­ades y tendrá efectos indeseados.

Los órganos judiciales de un Estado miembro no pueden cuestionar la pulcritud democrátic­a de otro porque eso equivaldrí­a a elevar a la República Federal Alemana a la condición de prima inter pares, convirtién­dola en dueña de la Constituci­ón española y señora del proyecto europeo.

Resulta, pues, urgente, que la justicia, como ocurrió en Baviera, deje claro quienes son los dueños de la Constituci­ón.

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TIM RIEDIGER / EFE Edificio sede de la Oberlandes­gericht (audiencia territoria­l) de Schleswig-Holstein

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