El caso Alsasua perfilará el delito de terrorismo
Acaba la vista que ha juzgado el alcance de una pelea
En la Audiencia Nacional quedó ayer visto para la sentencia el juicio por los hechos de Alsasua, relativo a las agresiones sufridas por dos guardias civiles acompañados de sus parejas en un bar, durante una pelea nocturna. Para el fiscal, fue un delito de terrorismo, porque previamente se pusieron en marcha campañas para echar de la localidad a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Para las defensas, fue una pelea de bar, en la que a lo sumo pudo cometerse un delito de lesiones, pero sin más implicaciones.
Se trata, en suma, de un caso espinoso por múltiples factores, cuya sentencia puede –y probablemente debería– aclarar mejor los perfiles y la interpretación de ciertos delitos que se adjetivan como terroristas. En un momento, además, en que este mismo tipo penal, y otros pertenecientes a la misma área conceptual, se están aplicando a conductas diversas, desde las composiciones y representaciones de ciertos raperos y titiriteros de cáustica creatividad hasta las acciones de miembros de Comitès de Defensa de la República (CDR).
La sesión de cierre de la vista –ha habido once– estuvo dedicada a escuchar los informes de dos de las defensas, que coincidieron con las anteriores en que la calificación jurídica dada a los hechos y las condenas pedidas en esta causa constituyen un despropósito. La Fiscalía solicitó a su vez en su informe final entre 12 y 62 años de prisión para los ocho acusados. José Luis Galán, defensor de dos de ellos –Iñaki Abad y Aratx Urrizola–, consideró que en este caso se ha “forzado” el concepto de terrorismo “por motivos propagandísticos” o para “jugar en casa” y que el proceso se desarrollara en la Audiencia Nacional. A tal fin sirve –añadió– que se hayan imputado a los acusados delitos de lesiones y amenazas terroristas, en aplicación de un auténtico “derecho de excepción”.
A los procesados les ofreció la presidenta del tribunal, Concha Espejel, la consabida oportunidad de ejercer el derecho a la última palabra. Y prefirieron no utilizarlo. No era imprescindible, desde luego, porque sus abogados dejaron poca tinta en el escritorio. Seguramente, para contrarrestar el informe del fiscal encargado del caso, José Perals, quien en una sesión precedente mantuvo con todas sus consecuencias la calificación y las altas peticiones de pena mencionadas.
Para la Fiscalía, es obvio que la agresión a los agentes en un bar de la localidad navarra en la madrugada del 15 de octubre del 2016 implicó la comisión de delitos terroristas, por su relación con el movimiento Ospa (Fuera), que persigue la expulsión de las fuerzas de seguridad del Estado del País Vasco y Navarra, un objetivo que peritos de la Guardia Civil relacionaron con la estrategia de ETA. El fiscal dijo también que los acusados reflejaron con su conducta “lo peor de la naturaleza humana” que llevó en Europa “a las mayores atrocidades, la xenofobia, el racismo y el fascismo”. Esto mismo –añadió– “lo estamos viendo aquí en España en el siglo XXI, a gente que pide que otros se vayan de su pueblo; es la xenofobia, el racismo y el fascismo en estado puro tal como hemos visto en el juicio”,
Frente a estos argumentos, los defensores consideraron “inusitadas en nuestros tribunales” las penas pedidas por los hechos de Alsasua. Dichas penas sólo podrían solicitarse en casos en que se estuviera “hablando de supuestos en los que haya de por medio muertos y balas”. El letrado José Luis Galán añadió que, “aunque ETA haya anunciado su disolución y no deba olvidarse su actividad, una cosa es no olvidar el terrorismo y otra inventar un relato y forzar los tipos penales” y apreciar la concurrencia de “un terrorismo inexistente”.
La letrada Eva Gimbernat, defensora de otro de los acusados, Jon Ander Cob, consideró a su vez “un disparate jurídico” la calificación del fiscal, que a su juicio ha llevado a que “las víctimas (del hecho enjuiciado) hayan pasado de ser cuatro a ser doce personas”, los guardias civiles y sus parejas, y los ocho acusados.
La abogada añadió que las lesiones causadas fueron “hematomas, erosiones, contracturas”, salvo las sufridas por uno de los agredidos, el teniente de la Guardia Civil, que fue operado por la fractura de un tobillo. Para la letrada, por tanto, no hubo terrorismo sino “lesiones leves”.
LA ACUSACIÓN
La Fiscalía mantiene hasta el final sus peticiones de pena entre 12 y 62 años
LOS ACUSADOS
Las defensas estiman la imputación de terrorismo como “un disparate jurídico”